He realizado un caso práctico
sobre la modificación del tipo de gravamen del IS para sociedades pequeñas en
2023, y sus efectos en el cierre contable de 2022, para InfoEC Boletín de
Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 367 de
16 de febrero de 2023.
Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/
Tenemos que recordar lo
establecido en la NRV 13.ª Impuestos sobre beneficios del PGC, como en la NRV
15.º Impuestos sobre beneficios del PGC Pymes, establecen lo siguiente:
“3. Valoración de los activos y
pasivos por impuesto corriente y diferido
Los activos y pasivos por
impuesto corriente se valorarán por las cantidades que se espera pagar o
recuperar de las autoridades fiscales, de acuerdo con la normativa vigente o
aprobada y pendiente de publicación en la fecha de cierre del ejercicio.
Los activos y pasivos por
impuesto diferido se valorarán según los tipos de gravamen esperados en el
momento de su reversión, según la normativa que esté vigente o aprobada y pendiente
de publicación en la fecha de cierre del ejercicio, y de acuerdo con la forma
en que racionalmente se prevea recuperar o pagar el activo o el pasivo.
En su caso, la modificación de la
legislación tributaria -en especial la modificación de los tipos de gravamen- y
la evolución de la situación económica de la empresa dará lugar a la
correspondiente variación en el importe de los pasivos y activos por impuesto
diferido”.
También sabemos que la Ley de
Presupuestos de 2023, introdujo entre otras medidas, la modificación del
artículo 29 de la LIS, con efectos para los períodos impositivos que se inicien
a partir de 1 de enero de 2023, en los siguientes términos: “1. El tipo general
de gravamen para los contribuyentes de este Impuesto será el 25 por ciento, excepto
para las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios del período
impositivo inmediato anterior sea inferior a 1 millón de euros que será el 23
por ciento.”
En consecuencia, para los
ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2023, y para las sociedades que
en el ejercicio anterior (2022) tuvieran un importe neto de la cifra de
negocios inferior a 1 millón de euros, el tipo impositivo disminuirá del 25 %
al 23 %. Por lo tanto, en el cierre de 2022, estas sociedades deberán
actualizar a ese nuevo tipo impositivo los saldos que tuvieran por activos y pasivos
por impuestos diferidos, que tendrá efectos en la cuenta de pérdidas y
ganancias del ejercicio 2022.
Teniendo en cuenta todo esto, hemos
realizado un caso práctico que puede verse
pinchando aquí.
Espero que pueda ser útil.
Un saludo cordial.
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad
Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:
CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE
EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación
obligatoria acceso al ROAC.
Próximos
eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la
Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los
auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
Día 23 de febrero de 2023. Confección de un plan de
viabilidad con hoja de cálculo. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación
para los auditores inscritos en el ROAC.
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