He realizado un caso práctico sobre
reconocimiento de ingresos: Modificación de contratos, para InfoEC Boletín de
Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 293 de
11 de mayo de 2021.
Como sabemos, a partir del 1 de enero de 2021 se ha modificado
la Norma de Registro y Valoración 14ª Reconocimiento de ingresos por ventas y
prestaciones de servicios del PGC, mediante el Real Decreto 1/2021, de 12 de
enero, por el que se modifican el Plan General de Contabilidad aprobado por el
Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre; el Plan General de Contabilidad de
Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por el Real Decreto 1515/2007, de 16 de
noviembre; las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas
aprobadas por el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre y las normas de
adaptación del Plan General de Contabilidad a las entidades sin fines
lucrativos aprobadas por el Real Decreto 1491/2011, de 24 de octubre. (en
adelante el Real Decreto); y que en cuento al reconocimiento de ingresos ha
sido desarrollada por la Resolución de 10 de febrero de 2021, del Instituto de
Contabilidad y Auditoría de Cuentas por la que se dictan normas de registro,
valoración y elaboración de las cuentas anuales para el reconocimiento de
ingresos por la entrega de bienes y la prestación de servicios. (en adelante la
RICAC).
Todo ello para adaptar la norma española a los contenidos de
la Norma de Información Financiera adaptada a Europa NII-UE 15 Reconocimiento
de los ingresos procedentes de contratos con clientes.
Se crea un marco conceptual
específico para el reconocimiento de los ingresos por ventas y prestaciones de
servicios, de tal modo que el reconocimiento de los ingresos por operaciones
ordinarias debe seguir un proceso lógico de cinco etapas que ha sido expuesto
en diversos foros, artículos e incluso manuales.
En este trabajo, nos vamos a centrar en aquellos casos en
los que exista contrato, se trate de un cliente y que éste adquiera el control
a lo largo del tiempo, pero antes de la finalización de contrato se produzca
una modificación en las condiciones del mismo aceptado por las partes. En
concreto a lo estipulado en el artículo 5 de la RICAC.
Según la RICAC
(artículo 5) una modificación del contrato es un cambio en el objeto (alcance o
precio) que se acuerda por las partes.
El problema se
centra en estos casos en determinar si esta modificación en el contrato se
puede considerar como:
-
un
contrato separado del existente (otra obligación de cumplimiento distinta
además de la establecida),
-
una recesión del contrato anterior y la
aparición de un contrato nuevo a partir de ese momento, o
-
una modificación del contrato existente y se
trata de una ampliación del contrato anterior contrato que perdura (misma
obligación de cumplimiento).
Hay que decir que todo lo anterior es de aplicación para el
criterio contable del reconocimiento de ingresos, y no significa que se deba
aplicar el mismo criterio para la consideración mercantil del contrato, que en
cualquier caso podría considerarse mercantilmente como una ampliación del
contrato.
Hemos realizado una aplicación práctica que puede verse
pinchando aquí.
Espero que pueda ser útil.
Un saludo cordial
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los siguientes títulos propios de la
Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso
2020/2021:
- Diploma
de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como
formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al
Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación
para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
- https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
- Diploma
de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como
formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. Diploma
en Auditoría de Cuentas Online - Universitat de València - ADEIT (adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s
-
https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg
-
Diploma de Especialización en Gestión financiera
y contable de la Pyme con ERP. Online.
-
Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
-
https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
-
Certificado de postgrado en técnicas de
valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación
obligatoria acceso ROAC. Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
Me parece muy interesante el caso practico que ha realización sobre la modificación de contratos. Puede servirnos para experiencias futuras o simplemente para ser conocedores de como se debería de realizar.
ResponderEliminarSalud, y saludos.
Sonia Alonso Segovia
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarEn la adaptación de la nueva norma de ingresos a la NIIF 15 se destacan casi una veintena de cambios que se consideran de relevante importancia. Pueden verse estos cambios resumidos en este artículo: https://www.tendencias.kpmg.es/2021/02/pgc-claves-de-la-adaptacion-de-la-nueva-norma-de-ingresos-a-la-niif-15/
Saludos!!
Andreu Cervera Benegas
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarGracias por hablarnos de las actuales modificaciones del Plan General de Contabilidad y sobre todo por el caso práctico que nos has facilitado, dado que es de gran ayuda, sobre todo las aclaraciones que se ha molestado en incluir.
Un saludo!
Estela Yeves Robin
Muy buen artículo, Gregorio.
ResponderEliminarMe ha servido para conocer un tema tan importante para nuestro futuro, como es la modificación de los contratos, ya que en el caso práctico resuelto se entiende todo perfectamente porque está muy bien explicado.
Saludos cordiales.
Raúl Sánchez Dorado
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarPrimero que todo, muchas gracias por la información tan detallada y bien explicada que nos has ofrecido con la práctica resuelta. Me parece un tema muy interesante y sobre todo importante, ya que dentro de poco nos introduciremos en el mercado laboral y es necesario para nosotros conocer todo este tipo de información y de modificaciones que se realizan continuamente.
Dejo por aquí un artículo relacionado: https://www.audalianexia.com/blog/auditoria/modificaciones-en-el-reconocimiento-de-ingresos/
Un saludo!
Lydia Climent De La Fuente
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarPrimero que todo, muchas gracias por la información tan detallada y bien explicada que nos has ofrecido con la práctica resuelta. Me parece un tema muy interesante y sobre todo importante, ya que dentro de poco nos introduciremos en el mercado laboral y es necesario para nosotros conocer todo este tipo de información y de modificaciones que se realizan continuamente.
Dejo por aquí un artículo relacionado: https://www.audalianexia.com/blog/auditoria/modificaciones-en-el-reconocimiento-de-ingresos/
Un saludo!
Lydia Climent De La Fuente
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarPrimero que todo, muchas gracias por la información tan detallada y bien explicada que nos has ofrecido con la práctica resuelta. Me parece un tema muy interesante y sobre todo importante, ya que dentro de poco nos introduciremos en el mercado laboral y es necesario para nosotros conocer todo este tipo de información y de modificaciones que se realizan continuamente.
Dejo por aquí un artículo relacionado: https://www.audalianexia.com/blog/auditoria/modificaciones-en-el-reconocimiento-de-ingresos/
Un saludo!
Lydia Climent De La Fuente
Buenas noches Gregorio.
ResponderEliminarCon este artículo quedan muy claras las bases de la modificación llevada a cabo y además queda muy bien explicada las diferencias de reconocimiento en función a la independencia de un nuevo contrato así como con la distinción o no de este con el ya existente.
Muy interesante, porque además es un tema que en un futuro profesional próximo es muy probable que sea necesario conocer por la cotidianidad de estas situaciones en la gestión de la empresa el diferente tratamiento contable de las modificaciones contractuales.
Muchas gracias, un saludo.
Enrique Domínguez Juanes
Buenos días Gregorio, quería agradecerte esta información actualizada que es de mucha utilidad, además de aclarar la nueva normativa en materia de modificación de contratos con un cambio en el objeto que se acuerda por ambas partes. Queda muy clara la normativa gracias a la práctica adjuntada, recomiendo mucho hacerla o por lo menos echarle un ojo.
ResponderEliminarMuchas gracias y un saludo.
Buenas tardes Gregorio.
ResponderEliminarExcelente artículo que detalla y resumen las modificaciones en materia de contratos. Estamos finalizando nuestra carrera, por lo que nuestra inserción en el ámbito laboral es inminente, y teneos el deber de conocer la materia legal y normativa.
El documento adjunto sobre la práctica resuelta es muy importante y cercano, que, con un lenguaje no muy técnico, te informa sobre las novedades con casos prácticos resueltos, de modo que de cara al examen te ayuda un poco más a conocer la gestión contable.
Muchas gracias por tus artículos, son de gran ayuda.
Alberto Burgos Prieto.
Un saludo
Buenas noches Gregorio,
ResponderEliminarGracias por presentarnos este artículo con redacción de 10 e información muy detallada con respecto a la modificación de contratos, empleando tanto lenguaje técnico como casual.
Nos es de gran ayuda debido a que además de estar estudiando materia empresarial, también es relevante para todos aquellos que aún no se han iniciado en el mercado laboral.
El caso práctico es muy completo y ayuda a comprender todas las novedades, además de ampliar tus conocimientos en el ámbito contable de cara a la evaluación final.
Gracias por tu trabajo y dedicación.
Un saludo!
Iván José Martín López
Buenos días Gregorio:
ResponderEliminarAntes de nada, darte las gracias por trasladarnos las modificaciones realizadas en materia contractual en el Plan General Contable, pues me parece un tema de mucho interés presente y futuro.
Además de interesante, nos invita a estar atentos a cualquier modificación futura por las implicaciones que puede tener. El desarrollo del caso me ha parecido muy adecuado y sobre todo utilizando un lenguaje coloquial que busca la compresión de cualquiera de nosotros.
Recomiendo a todos su lectura.
Recibe un cordial saludo.
David López Gutiérrez
Buenas tardes Gregorio;
ResponderEliminarMe ha parecido muy interesante este articulo sobre la modificación de los contratos, ya que en un futuro nos podría convenir saberlo.
Este tipo de artículos nos ayudan a los estudiantes a saber un poco mas sobre el mundo laboral, en el que dentro de poco nos adentraremos.
Además el articulo esta escrito de forma coloquial, lo que me ha facilitado el entendimiento del mismo.
Espero muchos mas textos interesantes!
Un saludo, Paula Buleo Iranzo
Buenos días;
ResponderEliminarMe ha parecido muy interesante este texto sobre la modificación de los contratos de trabajo, ya que dentro de poco podría servirnos de gran ayuda. En unos años nos adentraremos al mundo laboral y tendremos que estar al tanto de cualquier modificación que nos incumba.
El articulo esta escrito de forma muy coloquial, por lo que lo he podido entender a la perfección.
Espero mas artículos interesantes como este!
Paula Buleo Iranzo
Un artículo muy interesante, Gregorio.
ResponderEliminarMe ha sido de gran ayuda este artículo para tener más conocimiento sobre este tema. El caso práctico está muy detallado y es de gran interés, sobre todo,lo considero muy útil para futuras decisiones que se puedan tomar, especialmente para mucho de nosotros que estamos adentrándonos en el mercado laboral. Se entiende de forma clara las modificaciones que se han llevado a cabo así como también son de gran ayuda las aclaraciones que facilitas con un lenguaje cercano y casual.
Un saludo!
María Palau Aymerich
Un artículo muy interesante, Gregorio.
ResponderEliminarMe ha sido de gran ayuda este artículo para tener más conocimiento sobre este tema. El caso práctico está muy detallado y es de gran interés, sobre todo,lo considero muy útil para futuras decisiones que se puedan tomar, especialmente para mucho de nosotros que estamos adentrándonos en el mercado laboral. Se entiende de forma clara las modificaciones que se han llevado a cabo así como también son de gran ayuda las aclaraciones que facilitas con un lenguaje cercano y casual.
Un saludo!
María Palau Aymerich
Muy buen artículo Gregorio.
ResponderEliminarPienso que es un tema en el cual estar informado es muy importante y se agradece mucho la claridad con la que se explica el caso práctico.
Muchas gracias.
Un saludo!!
- Stanislav Svetoslavov
Muy buen artículo, Gregorio.
ResponderEliminarEl artículo muestra de una manera muy clara un tema que considero que es esencial estar informado, ya que en nada nos lanzaremos al mercado laboral.
Queda muy bien explicada toda la normativa con el caso práctico, ya que no utiliza un lenguaje técnico difícil de comprender.
Gracias.
Un saludo!
Buenas noches Gregorio,
ResponderEliminarUn artículo muy interesante sobre la modificación de contratos que nos ayuda a ponernos al día sobre este tema que resulta de gran importancia, pues es un asunto que se puede dar en nuestro futuro laboral con cierta frecuencia. Además la explicación es muy clara y sencilla de entender, lo que nos lo pone más fácil a aquellos que aún no estamos tan familiarizados con este mundo.
Muchas gracias por su trabajo.
Un saludo,
María García Auñón
Buenas días Gregorio,
ResponderEliminarGracias por los casos prácticos, me serán de gran ayuda para conocer sobre el tema y para el examen de la asignatura, así queda todo mucho más claro.
Un saludo,
María Bau
Un artículo bastante completo, Gregorio.
ResponderEliminares un tema bastante importante ya que es un cambio que se realizará y hay que tenerlo en cuenta, como es la modificación de los contratos, la información aportada ha sido bastante sencilla de entender.
Saludos cordiales.
Raúl Sánchez Dorado
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarTras la lectura de este articulo considero que aporta información útil, relevante y desconocida para muchas personas que operan en este sector. Ya que una correcta valoración de los contratos puede ser diferencial para el futuro de las relaciones con stakeholders y de la empresa.
Por otra parte, considero que con la practica adjuntada queda mucho más clara la actualización de la normativa.
Un gran trabajo, un saludo.
Emilio Martín Galotto
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarTras la lectura de este articulo considero que aporta información útil, relevante y desconocida para muchas personas que operan en este sector. Ya que una correcta valoración de los contratos puede ser diferencial para el futuro de las relaciones con stakeholders y de la empresa.
Por otra parte, considero que con la practica adjuntada queda mucho más clara la actualización de la normativa.
Un gran trabajo, un saludo.
Emilio Martín Galotto
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarTras la lectura de este articulo considero que aporta información útil, relevante y desconocida para muchas personas que operan en este sector. Ya que una correcta valoración de los contratos puede ser diferencial para el futuro de las relaciones con stakeholders y de la empresa.
Por otra parte, considero que con la practica adjuntada queda mucho más clara la actualización de la normativa.
Un gran trabajo, un saludo.
Emilio Martín Galotto
Buenos días Gregorio.
ResponderEliminarQueria darte las gracias personalmente por subir este tipo de contenido tan interesante que nos sirve de ayuda a todos los estudiantes para comprender un poco más cómo funciona la modificación de contratos, siendo un contenido muy útil para cuando nos incorporemos al mundo laboral.
Además, creo que el caso práctico adjuntado es el complemento perfecto para terminar de comprender esta nueva modificación.
Muchas gracias por todo tu contenido! Sigue así!
Álvaro Sanz Ballester
Me ha parecido un tema interesante, aporta una informacón importante sobre la modificación de los contratos, y el caso práctico ayuda a su comprensión.
ResponderEliminarGracias, un saludo.
Juan Albacar Serrano
Buenos días Gregorio,
ResponderEliminarMuchas gracias por esta aportación, es algo ha tener bastante en cuenta de cara al futuro. Junto con el caso practico adjuntado donde queda mucho más detallada toda la información.
Una publicación de mucho interés.
Muchísimas gracias,
Edith Santibáñez Muñoz.
Buenos días Gregorio,
ResponderEliminarMe ha parecido un artículo más que interesante. Gracias a esta información los jóvenes podemos conocer información valiosa a la hora de entrar en el mercado laboral, teniendo la normativa clara. Sobretodo con el caso práctico donde se solventa las posibles dudas que pueda acarrear estas modificaciones del Plan General de Contabilidad.
Un saludo,
Balma Palmero Ruíz.