Organizado por el REA del Consejo
General de Economistas, el Consejo Andaluz de Economistas y el Colegio de
Economistas de Almería, ha tenido lugar durante los días 23 y 24 de septiembre
en Almería el IX Foro de pequeños despachos de auditores, con el título Pymes
pieza clave para la recuperación.
Ayer participó en el Foro el
profesor Gregorio Labatut Serer, que fue presentado por Marcos Antón Renart. El
profesor Labatut impartió una conferencia sobre el Reconocimiento de los
ingresos según la Resolución del ICAC de 10 de febrero de 2021 por la que se
dictan normas de registro, valoración y elaboración de las cuentas anuales para
el reconocimiento de ingresos por la entrega de bienes y la prestación de
servicios, que desarrolla el Real Decreto 1/2021 sobre la reforma contable de
2021.
En primer lugar quiero mostrar mi agradecimiento al Comité organizador por la amabilidad y confianza que han depositado en mi para llevar a cabo esta conferencia.
Estos cambios producidos para los
ejercicios que comiencen a partir del 1 de enero de 2021, afectan a la NRV 14ª
Reconocimiento de ingresos del PGC, adaptándola a los criterios de la NIIF 15
Ingresos de Actividades Ordinarias Procedentes de Contratos con Clientes.
Como síntesis de su conferencia
podemos indicar que:
1. Esta
reforma supone un nuevo marco conceptual que sienta las bases para el
reconocimiento de los ingresos en las empresas. A pesar de que algunas
cuestiones ya se habían comentado por el ICAC en algunas consultas, la nueva
norma establece las bases sobre los criterios para su aplicación, que hace que
el enfoque de aplicación sea consistente.
2. La
norma debe ser interpretada para cada caso concreto que se puedan presentar en
las empresas. De tal modo, que requiere del profesional contable (Experto
contable) y del auditor para interpretar este marco conceptual a cada una de
las realidades y circunstancias que se produzcan en las operaciones de las
empresas. Por lo tanto, requerirá una formación sólida del experto contable en
esta materia.
3. La
nueva norma exige que para el reconocimiento de los ingresos haya que seguir
cinco etapas que culminará con la transferencia del control al cliente. Esta
transmisión del control supone que el cliente tenga la capacidad de dirigir el uso
y obtener la práctica totalidad de los beneficios derivados del bien o servicio
y la empresa transfiera el control de los bienes o servicios a los clientes.
4. Pero,
para ello es necesario en primer lugar la existencia de un contrato que obligue
a las partes. En la sesión, se hizo hincapié en las formas en las que puede
formalizarse este contrato, y la problemática que puede presentarse cuando se
contrata con la Administración Pública.
5. Necesidad
de distinguir si el cliente actúa como agente (actúa por cuenta ajena) o
principal (actúa por cuenta propia). Caso de agencias de viaje, gasolineras,
etc.
6. En
el caso de existir, distintas obligaciones de cumplimiento, hay que determinación
si se tratan de obligaciones diferenciadas o distintas (en la traducción de la
NIIF 14 se definen como diferenciadas, mientras que la Resolución del ICAC las
define como distintas. Al ponente le gusta más el término diferenciadas),
siendo necesario determinar si a pesar de ser distintas tienen el mismo patrón
de transferencia al cliente, en cuyo caso se tratarán como una solo. Por
ejemplo, caso de productos y su instalación cuando esta sea compleja y no
rutinaria.
7. Estimaciones
sobre contraprestaciones variables. Aplicación para ello de la mejor estimación
de la contraprestación variable si es altamente probable que no se produzca una
reversión significativa del ingreso reconocido. Esto significa que la
estimación debe hacerse con una seguridad alta de que no me equivoque en la
misma, para no reconocer ingresos que no proceden. Seria el caso de una contraprestación variable en la que se hiciera una estimación del precio de venta inicialmente, y posteriormente la estimación del ingreso se viera incrementada, pues bien debería ser altamente probable su cumplimiento final, para no reconocer ingresos que después no se producirán en aplicación del principio de prudencia. Problemas con las
constructoras en añadidos, reclamaciones, variaciones por modificaciones
contractuales, etc.
8. Valoración
de los denominados “costes incrementales” y su activación.
9. Cesión
del control en un momento del tiempo o a lo largo del tiempo y aplicación del
grado de avance, ya no sólo sería aplicable para servicios, sino también para los
productos que requieran un periodo de fabricación complejo.
10. Casos
en los que podría considerarse existencias algunas prestaciones de servicios.
En el que habrá que prestar atención a que estos pudieran tener un uso
alternativo con poco coste y derivarse lo ya realizado a otro cliente. Estudio
de casos de aplicación.
11. ¿sería
aplicable esta nueva norma a las empresas que sigan el PGC Pymes?, ante esto ya
nos manifestamos en un post titulado: ¿Se pueden ver afectadas las empresas que
sigan el PGC Pymes por la Reforma Contable del PGC en el reconocimiento de
ingresos?, al cual remito: http://gregorio-labatut.blogspot.com/2021/09/se-pueden-ver-afectadas-las-empresas.html
Obviamente se trataron en el Foro muchas más cuestiones, cuyo resumen se puede ver en:
Un saludo cordial para todos lo
amables lectores.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los siguientes títulos propios de la
Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso
2020/2021:
-
Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP.
Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado
para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la
máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
-
https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
-
Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas.
Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.
Diploma
en Auditoría de Cuentas Online - Universitat de València - ADEIT (adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s
-
https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg
-
Diploma de Especialización en Gestión financiera
y contable de la Pyme con ERP. Online.
-
Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
-
https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
-
Certificado de postgrado en técnicas de
valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación
obligatoria acceso ROAC. Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
Próximos eventos organizados por la Fundación
Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el
ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
Prevención blanqueo de capitales para auditores
de cuentas, contables y asesores fiscales. Fecha de
realización: 29 de septiembre de 2021
Más información e inscripciones en: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/prevencion-blanqueo-capitales
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