El artículo 34.1 de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de
prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo,
determina que deberán presentar declaración previa las personas físicas que,
bien por cuenta propia, o por cuenta de terceros, realicen los siguientes
movimientos de medios de pago:
▪ Salida o entrada en territorio nacional de medios de pago
por importe igual o superior a 10.000 euros o su contravalor en moneda
extranjera.
▪ Movimientos por territorio nacional de medios de pago por
importe igual o superior a 100.000 euros o su contravalor en moneda extranjera.
A estos efectos se entenderá por movimiento cualquier cambio
de lugar o posición que se verifique en el exterior del domicilio del portador
de los medios de pago.
Se exceptúan de la obligación de declaración las personas
físicas que actúen por cuenta de empresas que, debidamente autorizadas e inscritas
por el Ministerio del Interior, ejerzan actividades de transporte profesional de
fondos o medios de pago, excepto cuando se trate de movimientos de entrada y
salida de la Unión Europea.
Pues bien, la Orden
ETD/1217/2022, de 29 de noviembre, por la que se regulan las declaraciones de
movimientos de medios de pago en el ámbito de la prevención del blanqueo de
capitales y de la financiación del terrorismo, establece los modelos para
cumplir con esta obligación. En el artículo 2 y 3 se establecen los siguientes
modelos de declaración:
-
Movimientos
de entrada o salida en territorio nacional de medios de pago, portados por
persona física, procedentes o con destino a un Estado que forme parte de la
Unión Europea, previstos en la letra a) del artículo 34.1 de la Ley 10/2010, de
28 de abril. Modelo de declaración denominado E-1
-
Movimientos
de entrada o salida en territorio nacional de medios de pago no acompañados
procedentes o con destino a un Estado que forme parte de la Unión Europea,
previstos en el artículo 34.2 de la Ley 10/2010, de 28 de abril. Modelo de
declaración denominado E-2.
-
Para
cumplir con la obligación de declaración establecida en los artículos 2.2.a) y
2.3 en el caso de movimientos por territorio nacional acompañados se requiere
cumplimentar y presentar el modelo S-1,
-
Para
cumplir con la obligación de declaración establecida en el artículo 2.2.b) y 2.3
cuando se trate de movimientos por territorio nacional no acompañados se deberá
cumplimentar y presentar el modelo S-2.
Los modelos de declaración se cumplimentarán en papel impreso
o por medios electrónicos, siguiendo las instrucciones que figuran en el propio
modelo de declaración o en la sede electrónica de la Agencia Tributaria.
La presentación de forma
presencial deberá realizarse:
a)
Ante los Servicios de Aduanas de las
Delegaciones Especiales, de las Delegaciones de la Agencia Tributaria o de las
Administraciones de Aduanas e Impuestos Especiales integradas en ellas (en
adelante, Servicios de Aduanas).
b)
En
los supuestos de salida del territorio nacional de medios de pago previstos en
el artículo 7, el modelo S-1 podrá presentarse ante las entidades de crédito
cuando el movimiento tenga su origen, al menos en parte, en la cuenta de
titularidad del declarante.
Un saludo cordial para todos los
amables lectores, y Feliz Navidad.
Gregorio Labatut Serer
Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad
Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:
Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el
ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el
acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima
puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
-
https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable
de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm
-
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
-
https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE
EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación
obligatoria acceso al ROAC.
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eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la
Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los
auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
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reestructuraciones empresariales. Repercusiones fiscales. Día 17 de Enero de
2023. Homologado con 4 horas de formación en contabilidad. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/contabilidad-de-las-reestructuraciones-empresariales-repercusiones-fiscales/
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