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jueves, 6 de julio de 2023

Caso práctico sobre el cálculo y el registro contable de las remuneraciones de los administradores.

 


He realizado un caso práctico sobre el cálculo y el registro contable de las remuneraciones de los administradores para InfoEC Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 382 de 6 de julio de 2023.

Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/

La Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital, trata la remuneración de los administradores, tanto en el preámbulo como en el artículo 27.

También relacionado con este tema deberemos tener en cuenta lo estipulado en los artículos 217 y 218 del Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital,

De este modo, podemos resumir:

·             Sociedad limitada: Se establece un tipo máximo del 10 % sobre el beneficio repartible entre los socios. Se entiende por beneficio repartible, el resultado del ejercicio deducidas las dotaciones para las reservas obligatorias.

·             Sociedades anónimas: No se establece límite alguno, y el porcentaje se aplicará sobre el resultado repartible (resultado menos dotaciones obligatorias de reservas) y la dotación de un dividendo mínimo a los socios del 4 % del nominal de las acciones.

En ambos casos el cálculo de la retribución establecida en los estatutos puede estar vinculada al beneficio repartible del ejercicio, y al formar parte del mismo, para su cálculo correcto será necesario plantear previamente una ecuación, que veremos en el caso práctico que se ofrece a continuación.

Finalmente, desde el punto de vista fiscal, distintas sentencias y doctrina tributaria nos indica que las percepciones que recibe un administrador solo serán deducibles en el Impuesto sobre Sociedades, si y solo si, el cargo tiene carácter retribuido en los Estatutos de la Sociedad y es aprobado por la Junta General de Socios, para que no se convierta en un acto contrario a la Ley.

Teniendo en cuenta todo esto, hemos realizado un caso práctico que puede verse pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2023/2024:

Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/auditoria-cuentas/datos_generales.htm

https://youtu.be/p2uIKH0spXA

Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

 

MICROCREDENCIAL UNIVERDITARIA EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/23127110/datos_generales.htm

 

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