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martes, 26 de julio de 2022

Caso práctico sobre la contabilización de la distribución de dividendos en el socio. Especial referencia al grupo de empresas.

 


He realizado un caso práctico sobre la contabilización de la distribución de dividendos en el socio. Especial referencia al grupo de empresas para InfoEC Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 345 de 19 de julio de 2022.

Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/

Hace muy poco publicamos un Caso práctico sobre la devolución de la prima de emisión y de las otras aportaciones de socios, en el cual poníamos de manifiesto la problemática establecida en los artículos 31.2 y 3 de la Resolución de 5 de marzo de 2019, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital. De tal modo que al aprobar la Junta General de socios la devolución de la prima de emisión o de otras aportaciones a los socios, habría que ver si desde el momento en el que éstas aportaciones se realizaron a la sociedad hasta el momento de la devolución, la sociedad o cualquier otra del grupo participada por esta última, haya generado beneficios no distribuidos, porque en ese caso, el tratamiento contable que tendría sería la de distribución de beneficios, esto es, como si la distribución que se realiza fuera de estos últimos beneficios.

El problema se puede complicar en el caso de existencia de un grupo, pues debemos interpretar el concepto “beneficios generados por la participada desde la adquisición o por cualquier otra del grupo”. El ICAC da respuesta a este problema en la consulta número 1 del BOICAC número 123/septiembre 2020 sobre la contabilización por parte del socio de la aplicación del resultado. RICAC de 5 de marzo 2019.

Con lo que resumiendo, tenemos que tener en cuenta, en el caso de existencia de un grupo:

-          Los beneficios generados, desde la fecha de adquisición por la participada o cualquier sociedad del grupo participada por esta última hayan generado beneficios por un importe superior a los fondos propios que se distribuyen.

-          Para su determinación, se atenderá exclusivamente a los beneficios contabilizados en la cuenta de pérdidas y ganancias individual desde la fecha de adquisición, salvo que de forma indubitada el reparto con cargo a dichos beneficios deba calificarse como una recuperación de la inversión.

-          En el análisis debe predominar el fondo económico de la operación con independencia de la forma jurídica.

-          Debe excluirse el impacto del deterioro de valor de las sociedades participadas, del conjunto total.

-          Solamente se considerará los resultados registrados en las cuentas de pérdidas y ganancias de las dependientes con posterioridad a la fecha de adquisición (aunque hayan sido compensados con reducciones de capital). No se refiere pues al resultado consolidado, por lo que no se tendrán en cuenta los ajustes de consolidación.

-          En la memoria de las cuentas anuales se deberá facilitar toda información significativa sobre el tema

Teniendo en cuenta todo esto, hemos realizado un caso práctico que puede verse pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer.

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:

Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm

https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

-       https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/auditoria-cuentas/datos_generales.htm

-        https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s

-        https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg

Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm

-        https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

-        https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

 

CERTIFICADO UNIVERSITARIO EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación obligatoria acceso al ROAC.

https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

 

Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

- Contabilidad y tratamiento fiscal de cooperativas. Día 15 de septiembre de 2022. Homologado con 4 horas de formación en contabilidad. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/cooperativas/

- Contabilidad de empresas constructoras e inmobiliarias. Día 26 de septiembre de 2022. Homologado con 4 horas de formación en contabilidad. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/constructoras-inmobiliarias/

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