He realizado un caso práctico sobre
contabilidad del préstamo participativo para InfoEC Boletín de
Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 381 de
30 de junio de 2023.
Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/
Las ayudas al programa kit
Digital se regularon mediante la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por
la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de ayudas para la
digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de
autoempleo, en el marco de la Agenda España Digital 2025, el Plan de
Digitalización PYMEs 2021-2025 y el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia de España -Financiado por la Unión Europea- Next Generation EU
(Programa Kit Digital). (en adelante la Orden)
Podemos leer en la Orden, que
constituye su objeto “el establecimiento de las bases reguladoras para la
concesión de las ayudas mediante las que se ejecuta el Programa Kit Digital
para la digitalización de pequeñas empresas, microempresas y personas en
situación de autoempleo (en adelante, Programa), que tiene por objeto la
adopción de soluciones de digitalización incluidas en el Catálogo de Soluciones
de Digitalización del Programa”.
Se publicaron las bases
reguladoras de las ayudas del ‘Kit Digital’ para digitalizar a pymes y
autónomos, que se puede ver en:
https://portal.mineco.gob.es/ca-es/comunicacion/Pagines/211230_np_kit.aspx
https://portal.mineco.gob.es/RecursosNoticia/mineco/prensa/noticias/2021/211230_np_kit.pdf
Hay que resaltar la figura del
‘agente digitalizador’, de modo que las soluciones y servicios de
digitalización para pymes y autónomos serán ofrecidas por entidades adheridas
al programa ‘Kit Digital’, que se convertirán en ‘agentes digitalizadores’. Las
compañías interesadas en ser identificados como ‘agente digitalizador’ podrán
adherirse a través de la sede electrónica de Red.es, entidad adscrita al Ministerio
de Asuntos Económicos y Transformación Digital, próximamente.
Para el periodo 2021-2023 el programa cuenta con un presupuesto de
3.067 millones de euros para
facilitar que pymes y autónomos adopten soluciones
de digitalización en diversos ámbitos, como la presencia en Internet, el
comercio electrónico, la gestión de redes sociales, la digitalización de las
relaciones con los clientes, el business intelligence y analítica, la
implantación de la factura electrónica, los servicios y herramientas de oficina
virtual, las comunicaciones seguras y la ciberseguridad.
No obstante, el programa de
digitalización para Pymes se ha ampliado al periodo 2021-2025, de modo que Red.es
actualiza la orden de bases que regula las ayudas del programa Kit Digital y
que será aplicable para las nuevas convocatorias, puede verse en:
En este sentido, “Red.es modifica
la Orden ETD/1498/2021, de 29 de diciembre, por la que se aprueban las bases
reguladoras de la concesión de ayudas del programa Kit Digital, para la
digitalización de pequeñas empresas, microempresas y autónomos, en el marco de
la Agenda España Digital 2026, el Plan de Digitalización PYMEs 2021-2025 y el
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de España, financiado por la
Unión Europea a través de los fondos NextGeneration EU.”
Desde una perspectiva contable, se
tratan de subvenciones no reintegrables si se aplican a los fines y objetivos
establecidos en la Orden, por lo que se debe de aplicar los criterios
contenidos en la Norma de Registro y Valoración 18ª Subvenciones, donaciones y
legados recibidos, de tal modo que se consideraran patrimonio neto, neto del
efecto impositivo (porque fiscalmente no es una operación no exenta en el
Impuesto sobre Sociedades), hasta que se realicen los trabajos o servicios
correspondientes.
Cuando estos se lleven a término,
nos podemos encontrar con que se traten de:
-
Inversiones en activo fijo. El tratamiento
contable será imputarlo a la cuenta de pérdidas y ganancias proporcionalmente a
la amortización, deterioro o baja del inventario de dichos activos.
-
Gasto del ejercicio. El tratamiento contable
será imputarlo a la cuenta de pérdidas y ganancias como una subvención de
explotación.
Además, es necesario tener un
control sobre todo esto, por lo que se requiere:
1.
Que todo lo relacionado con el kit digital se
utilicen subcuentas apropiadas y diferenciadas del resto de subvenciones.
2.
Conservación durante 4 años de todos los
justificantes relacionados con la subvención del Kit Digital.
Teniendo en cuenta todo esto, hemos
realizado un caso práctico que puede verse
pinchando aquí.
Espero que pueda ser útil.
Un saludo cordial.
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad
Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2023/2024:
Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC
como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/auditoria-cuentas/datos_generales.htm
Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el
ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el
acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima
puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable
de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
MICROCREDENCIAL UNIVERDITARIA EN TÉCNICAS DE VALORACIÓN DE
EMPRESAS Y PLANES DE VIABILIDAD. Online. Homologado por el ICAC como formación
obligatoria acceso al ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/23127110/datos_generales.htm
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