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viernes, 6 de mayo de 2011

El cambio en las normas de auditoría sobre el modelo de informes, ¿afecta a la opinión?

El contenido del informe de auditoría ha sido modificado recientemente mediante la Resolución de 21 de diciembre de 2010, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se publica la modificación de la sección 3 de las Normas Técnicas de Auditoría, publicadas por Resolución de 19 de enero de 1991, relativa a las Normas Técnicas sobre Informes (BOE Nº 36, de 11 de febrero).


El cambio fundamental que se ha producido en los modelos de informes estriba en modificaciones realizadas por la nueva Ley de Auditoría respecto de la aplicación del principio de uniformidad, de empresa en funcionamiento e incertidumbres.

Estos cambios, se centran en los siguientes puntos:

1. Se han suprimido las menciones expresas y obligatorias que en todos los casos el auditor debía reflejar en la opinión del informe de auditoría relativas tanto al cumplimiento del principio de uniformidad como a la existencia de incertidumbres que pudieran afectar significativamente a las cuentas anuales auditadas, menciones que antes se realizaban mediante una salvedad, y ahora únicamente deberán reflejarse en la opinión del auditor en determinadas situaciones y de acuerdo con lo que establezcan las normas de auditoría.

2. No es motivo, para modificar la opinión incluida en el informe de auditoría las circunstancias que pudieran constituir incertidumbres sobre la capacidad de la entidad para seguir operando. A estos efectos se modifica la Norma Técnica de Auditoría al objeto de suprimir la mención a las incertidumbres que existían y que afectaba a la opinión en todos los casos.

3. Se establece, en su lugar la obligatoriedad de hacer mención en un párrafo de énfasis, sin que la opinión se vea afectada, por la existencia de incertidumbres sobre la capacidad de la entidad para continuar como empresa en funcionamiento, siempre que dichas circunstancias se informen adecuadamente en las cuentas anuales conforme a lo exigido en el marco normativo de información financiera.

Con todo esto podemos concluir, que efectivamente el nuevo modelo de informe de auditoría afecta a la opinión del auditor, ya que con el modelo anterior situaciones que podrían suponer una salvedad ahora se convierten en un párrafo de énfasis, conteniendo una opinión limpia.

Esto ya ha tenido sus efectos en los informes de auditoría de las empresas cotizadas, podemos leer en El país.com, el artículo publicado por Miguel Giménez titulado “Las salvedades en las auditorias de las empresas cotizadas caen a su mínimo”

Efectivamente, en este trabajo puede leerse que “Las empresas cotizadas han presentado unas cuentas anuales más limpias que nunca. Una vez cumplido el plazo legal para presentar las cuentas de 2010, solo seis de los informes anuales registrados en la Comisión Nacional del Mercado de Valores presentan salvedades de auditoría. Se trata de las cuentas de Azkoyen, Urbas, Prim, Ezentis, Martinsa y de un fondo de titulización. El número de salvedades es el más bajo de la historia, aunque es imposible la comparación homogénea”.

En el trabajo de Miguel Giménez, se achaca este hecho a que “Con la nueva ley de auditoría, incertidumbres que antes se consideraban salvedades han pasado a clasificarse como "párrafos de énfasis", es decir, advertencias del auditor que no derivan de un incumplimiento de las normas contables ni afectan a su opinión de auditoría. Pueden ser muy variadas, desde que una caja está inmersa en una fusión hasta que la continuidad de la empresa está amenazada”.

De este modo hemos conseguido que la opinión de los auditores sea limpia en casos en los que con la normativa anterior contenían salvedades por incertidumbre.

Yo me pregunto, ¿ayuda todo esto a que el usuario de la información contable tenga un conocimiento mayor sobre los riesgos de la empresa?

Lo dejo para que los lectores expresen su opinión.

Un saludo cordial para todos.

Gregorio Labatut Serer



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3 comentarios:

  1. Este comentario ha sido eliminado por el autor.

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  2. HOLA BUENOS DIAS A TODOS,

    Soy XAVIER LABRADOR y soy principiante en este tipo de temas que se informan aquí.

    En primer lugar, dar la enhorabuena al EXCELENTISIMO DOCTOR PROFESOR SR.D.GREGORI LABATUT SERER por la gran utilidad de este tipo de blogs para los profesionles que nos dedicamos a este mundillo.

    Sobre este tema que informa aquí ,¿se da a entender que los informes de los auditores son más "suaves-light" con esta nueva legislación sobre los resultados economicos-financieros de una compañía?

    Per altre lloc, congratular a la seua asociació (APFCV) i a un membre asociat ,profesional desde 1985 , amb negoci situat a L'HORTA NORT,per la seua ajuda fa uns pocs dies a la empresa mercantil on sóc asalariat i que no puc dir ningú nom per LOPD.

    GRANS SALUTACIONS A TOTS,

    ATT. XAVIER LABRADOR.

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  3. Muchas gracias Xavier por tus amables palabras, la verdad es que comentarios como el tuyo tan amables, nos ayuda mucho a seguir en el trabajo.
    Te lo agradezco profundamente.
    Un fuerte abrazo
    Gregorio Labatut

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