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martes, 10 de mayo de 2011

El informe de auditoría, ¿afecta a la cotización de las empresas?

Hace poco tiempo publicamos un post sobre los nuevoscriterios del informe de auditoría, y sí estos nuevos criterios afectaban a la opinión, ya que incertidumbres que con los criterios anteriores culminaban en una opinión con salvedades, ahora pueden convertirse en la inclusión de un párrafo de énfasis con opinión limpia.

Pues bien, parece ser que el informe de auditoría es un hecho relevante en las decisiones de los inversores. El caso más notable lo tuvimos la semana pasada pues Ezentis (antigua Avánzit)  registró una caída de un 9,59 % en bolsa, yExpansión.com lo atribuye al informe de auditoría.

La caída en bolsa de Ezentis fue la mayor de la bolsa española, y resulta que se produjo inmediatamente después de que la sociedad enviará a la CNMV su informe de auditoría con salvedades. Los auditores de la compañía, Pricewaterhouscooper, realizaron un informe con salvedades, en el que se indicaba que:
Durante el ejercicio 2010 la sociedad ha regularizado 36.000 miles de € de activos por impuesto diferido, manteniendo en su balance al 31 de diciembre de 2010 impuestos diferidos de activo por importe de 13.811 miles de €. La recuperabilidad de dichos activos se basa en un Plan de Negocios del grupo que contempla, entre otras cuestiones, un proceso de refinanciación de su deuda y la emisión de instrumentos financieros, estando abierto a la fecha de emisión del informe el proceso de refinanciación de los pasivos financieros así como la gestión de la obtención de nuevas fuentes de financiación. Consecuentemente, no se cumplen las condiciones requeridas por la normativa contable vigente para mantener registrados los importes indicados en el balance de situación, y por tanto los impuestos diferidos del activo deberían eliminarse del balance de situación con cargo al resultado del ejercicio 2010 por importe de 13.811 miles de €.”

En definitiva que la entidad tenía que quitar de su activo y cargarlo en la cuenta de resultados 13.811 miles de euros. Esto incrementa las pérdidas reconocidas por la compañía en el ejercicio, que ya alcanzaban la cantidad de 41.376 miles de euros.

También en el informe de los auditores existe un párrafo de énfasis en el que se indica que tanto la sociedad como el grupo tienen fondo de maniobra negativo, y que la fecha de cierre del ejercicio, el grupo está inmerso en un proceso de restructuración de su endeudamiento financiero y búsqueda de nuevas fuentes de financiación con negociaciones actualmente en curso y cuyo resultado final no pueden evaluar. En definitiva ponen de manifiesto la existencia de incertidumbres sobre la capacidad de la sociedad y el grupo para continuar con sus operaciones.

Este párrafo de énfasis, con la normativa sobre informes anterior hubiera dado lugar a otra salvedad.

Un ejemplo de la aplicación de los nuevos criterios para informes en auditoria.

Un saludo cordial a todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer
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8 comentarios:

  1. HOLA BUENOS DIAS APRECIADO DOCTOR D.GREGORI LABATUT,

    cuanta razón en este post con este caso por supervision de la CNMV.Con esas cifras que se dan como resultados los inversores dan la espalda a la compra de este tipo de valor en bolsa. ¿No sería de descarte si no refinancian su pasivo o lo reestructuran mayores caidas en el mercado continuo? ¿con ese fondo de maniobra negativo individual y consolidado incluso un futuro concurso voluntario o a peticion de los acredores?

    saludos muy cordiales.

    xavier.

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  2. Muchas gracias Xavier. Lo realmente importante es que el informe de auditoria indique si la situación patrimonial de la empresa es correcta, y en caso de que existan anomalias importantes que se formulen las salvedades opotunas para que el usuario de la misma no se lleve a engaño.
    Gracias por tu participación.
    Un saludo corcial
    Gregorio Labatut

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  3. La verdad que en este caso el auditor ha utilizado el nuevo párrafo de énfasis con bastante dureza, pero supongo que de una manera lo bastante bien constatada como para dejar constancia. En relación al tema del fondo de maniobra negativo, quiero entender que se ha considerado la evolución del periodo y no la situación momentanea a fecha de cierre del ejercicio, al fin y al cabo el balance muestra una situación estática en el tiempo y puede ser por circunstancias temporales.

    En todo caso, interesante el análisis de los nuevos informes, por lo que estoy viendo se está utilizando bastante el tema del párrafo de énfasis.

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  4. Efectivamente, así es a partir de ahora se va a utilizar mucho el párrafo de enfásis, la duda esta, en si es mejor este sistema o el anterior en el que estos hechos daban lugar a poner una salvedad, o dos, o las que hicieran falta.
    Un saludo
    Gregorio Labatut

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  5. Buenos dias, tengo una duda. Debo emitir un informe a fecha del 2011 de las cuentas anuales del 2009, la sociedad desde el año 2008 no ha ligalizados los libros diario e inventario y cuentas anuales, debo hacer mención en el informe, de ser así, que debo poner.

    Muchisismas Gracias, de antemano.

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  6. Hola Mercedes: Vamos a ver, entiendo que se trata de que la sociedad no ha depositado las cuentas del 2009, ni las ha realziado porque no tenia actividad. Si esto es así, en mi opinión es realzarlas ahora, poniendo que no hay actividad, y depositarlas en el Registro Mercantil, más vale tarde que nunca.
    Ahora bien, yo creo que informe no hay que hacer, sino que hay que hacer las cuentas diciendo que no hay actividad, si es éste el caso.
    Un saludo cordial
    Gregorio Labatut Serer

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  7. Hola Gregorio, perdona, no me he explicado correctamente, la sociedad si hay depositado las cuentas anuales y tiene actividad. No ha legalizado los libros de comercio obligatorios. Pero si tienen los ISS de todos los años al día y las cuentas anuales del 2009 aprobadas pendientes del informe de auditoria para presentar al registro mercantil.

    Por eso mi duda es si debo mencionar en el informe ya que es un imcumplimiento legal, que la sociedad no ha presentado los libros diario e inventario al RMercantil para su legalización desde el año 2008.

    Gracias otra vez.

    Mercedes

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  8. Mercedes: La sociedad puede presentar los libros a posteriori, una vez terminado el año tiene cuatro meses para encuadernar el díario y los balances de sumas y aldos y el cierre y la cuenta de pérdidas y ganancias y legalizarlos en el Registro Mercantil, pero a posteriori.(cuatro meses después del cierre)
    Un saludo
    Gregorio Labatut

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