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sábado, 8 de octubre de 2016

La AEAT revisará antes del 30 de noviembre las declaraciones de "amnistia fiscal".


Efectivamente, existe en el Parlamento una Proposición no de Ley del Grupo Parlamentario Ciudadanos, relativa a garantizar que los sujetos pasivos beneficiados por la regularización fiscal del año 2012 tributen efectivamente al tipo del 10% (núm. expte. 162/000103), aprobado por el Pleno del Congreso de los Diputados en su sesión del día 27 de septiembre de 2016.

En la misma, se dice textualmente que "El Congreso de los Diputados insta al Gobierno a que:

1. Realice con carácter urgente una revisión para garantizar que los sujetos pasivos beneficiados por la regularización fiscal del año 2012 tributen según el tipo del 10% por las cantidades afloradas previsto en la disposición adicional primera del Real Decreto-Ley 12/2012, de 30 de marzo, dentro de los límites de la normativa tributaria.

2. En ejecución de lo anterior, anule las instrucciones internas de la Agencia Tributaria que hicieron obligatorio el Informe de la Dirección General de Tributos de 27 de junio de 2012.

3. Ordene a la Dirección General de la Agencia Tributaria la realización urgente de las comprobaciones inspectoras de los contribuyentes acogidos a la regularización de 2012, y a que estas se inicien en todo caso antes del 30 de noviembre de 2016, para garantizar que los contribuyentes acogidos a la misma tributen de acuerdo con lo previsto en la disposición adicional primera del Real Decreto-Ley 12/2012, es decir, pagando el 10% de las cuantías afloradas.”
¿Qué significa todo esto?, pues como la prescripción se producirá el 30 de noviembre de 2016, se quiere que durante los meses de octubre y noviembre se notifique a los amnistiados la revisión de su declaración, a los efectos de interrumpir el plazo de prescripción.
Aviso a navegantes.
También hay que recordar que la Ley de declaración complementaria o amnistía fiscal exoneraba del delito fiscal, pero no del delito de blanqueo de capitales si la procedencia del dinero era de un acto delictivo distinto al fiscal. Por lo tanto, ¿se podrá pedir la documentación sobre la preocedencia del dinero?

Un saludo afectuoso para todos.
Buen fin de semana.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia, Presidente de Honor del INBLAC y Director de los siguientes Postgrados de la Universidad de Valencia:

Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://cort.as/SADB

Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/SACb

Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/SACr

Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/SADT

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