La Agencia Tributaria va a poner mucho énfasis durante 2019 en
el control de las empresas inactivas fantasmas. Puede leerse en Cincodias.Elpais.com.
Eso es lo que se desprende del Resolución de 11 de enero de
2019, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración
Tributaria, por la que se aprueban las directrices generales del Plan Anual de
Control Tributario y Aduanero de 2019, publicado en el BOE el 17 de enero de 2019.
De este modo la AEAT distinguirá entre dos tipos de
sociedades inactivas:
1. Sociedades
que están inactivas de facto. Según la Resolución, “Es cierto que dentro del colectivo societario existe una parte, muy
significativa, constituida por sociedades inactivas o con escasa o nula
actividad. A menudo tales sociedades han sido simplemente abandonadas por sus
administradores y socios sin realizar los actos jurídicos que el ordenamiento
prevé para los casos de terminación, extinción y disolución de la persona
jurídica. Ese tipo de actitudes, muy perjudiciales para la adecuada gestión de
los recursos que la Agencia Tributaria destina al control, obliga a atender a
un colectivo de potenciales obligados tributarios mucho mayor del que,
efectivamente, realiza actividades económicas. El ordenamiento
jurídico-tributario prevé determinadas consecuencias para estos
comportamientos:
-
El cierre
de la página del Registro Mercantil que es, además de la consecuencia del
incumplimiento de ciertas obligaciones registrales,
-
una
sanción que deriva del incumplimiento reiterado de obligaciones fiscales que
determinan, previamente,
-
la baja en
el Índice de Entidades.
Así mismo, el cierre registral puede ser consecuencia de la revocación
del NIF. Revocación del NIF, la cual impide la continuidad de la vida fiscal de
la sociedad misma….”·
2.
Otras pequeñas sociedades cuya inactividad no
corresponde con la realidad, porque se está realizando actividad a través de
otras sociedades por parte de los mismos socios o mediante actividades no
declaradas. Con lo cual la inactividad
es un engaño formal y un fraude para ocultar las verdaderas actividades de los
socios. Es lo que se ha dado en llamar “empresas fantasmas”. Pues bien, la AEAT
va iniciar un plan de persecución y captura de estas actividades que ocultan verdaderos
fraudes, siendo los perjudicados la propia Agencia Tributaria y otros
acreedores.
En este sentido, según la resolución: “Las técnicas de ocultación del patrimonio,
creando apariencias de insolvencia, han ido refinándose a lo largo del tiempo,
mediante el diseño de fraudes complejos difíciles de atajar por su propia
planificación e implementación, a través, entre otras, de figuras como
testaferros, abuso de la normativa societaria para interponer personas
jurídicas que dificultan la identificación real de las relaciones de dominio y
disposición sobre los patrimonios, ocultación a través de países terceros que
dificultan el cobro y vaciamientos patrimoniales que podrían ser constitutivos
incluso de ilícitos penales”.
También la Resolución indica que se
realizará el “Seguimiento de insolvencias
aparentes. Se investigará especialmente la participación de deudores
aparentemente insolventes en la creación de sucesivas sociedades mercantiles
que incumplen el pago de sus obligaciones tributarias corrientes,
comportamiento que dificulta la recuperación de las deudas pendientes de cobro”.
Finalmente, comentar que “….. los planes específicos del área de Gestión, como los planes de
visitas que anualmente se realizan por parte de la Inspección tributaria,
incluirán un módulo de control y verificación censal que asegurará la
corrección de los datos declarados en relación con epígrafes de actividad,
socios y partícipes, administradores, domicilios de actividad, etc.”
En fin, ¡aviso para navegantes¡, mucho cuidado con este tipo
de actuaciones, totalmente insolidarias, que será perseguido y castigado por la
AEAT, en el que parece que van a poner todos los medios para conseguirlo.
Un saludo dominical para todos los amables lectores.
Gregorio Labatut Serer
Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:
-
Diploma de Especialización en Gestión
financiera y contable de la Pyme con ERP. http://postgrado.adeituv.es/18123150
-
Certificado de postgrado en técnicas de
valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación
obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas.
-
Jornada presencial: Dia 1 de febrero de 2019. Novedades
del cierre contable 2018 y sus implicaciones fiscales para la auditoría de
cuentas. https://congresos.adeituv.es/cierre2018/ficha.es.html
Proximo webinar: Día 04/02/2019 - Webinar -
Novedades del cierre contable 2018 y sus implicaciones fiscales para la
auditoría de cuentas. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/webinars/
Jornada presencia: Dia 22 de febrero de 2019.
Antes el cierre de la contabilidad. Hechos posteriores, provisiones y
contingencias. https://congresos.adeituv.es/hechosposteriores2019/
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