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jueves, 11 de noviembre de 2021

Caso práctico sobre el concepto de beneficio distribuible en el caso de existir acciones o participaciones sin derecho de voto.



He realizado un caso práctico sobre “el concepto de beneficio distribuible en el caso de existir acciones o participaciones sin derecho de voto” para InfoEC Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 312 de 11 de noviembre de 2021.

 La resolución de 5 de marzo de 2019 del ICAC por la que se desarrollan los criterios de presentación de los instrumentos financieros y otros aspectos contables relacionados con la regulación mercantil de las sociedades de capital (en adelante la Resolución), nos trajo entre otras novedades el concepto de beneficio distribuible.

El beneficio distribuible es el importe máximo que puede ser distribuido y repartido, como dividendos a los socios.

Ahora bien, en el caso de existencia de acciones o participaciones sin derecho de voto la Resolución en el artículo 28.1 al indicar: “1. El dividendo obligatorio se contabilizará al cierre del ejercicio como un gasto financiero en la cuenta de pérdidas y ganancias, sin perjuicio de que a efectos mercantiles el reconocimiento de los dividendos obligatorios constituya una aplicación de resultados de la que debe informarse a la junta en la correspondiente propuesta.

Cuando el importe del dividendo obligatorio sea superior al gasto financiero reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias, la sociedad ajustará la cifra de capital social contable con cargo al resultado del ejercicio u otra partida del beneficio distribuible en el importe en que el dividendo obligatorio supere el gasto financiero. Si las acciones o participaciones se emitieron o crearon con prima, el citado ajuste afectará al capital social y a la prima en el porcentaje regulado en el artículo 12.5”.

¿Qué significa exactamente todo esto?, pues que las acciones o participaciones sin derecho de voto es un instrumento financiero compuesto, de tal modo que una parte de su valor se registrará en el patrimonio neto (capital social) y otra parte en el pasivo del balance (acciones o participaciones consideradas pasivos financieros). La estimación de la parte del capital que se considerará pasivo financiero se valorará según el criterio del coste amortizado por el valor actual neto estimado de los dividendos futuros, y se les aplicará el tipo de interés estipulado sobre este valor registrado al inicio, será el coste financiero por el interés devengado según el valor del coste amortizado que se registrará en la cuenta de pérdidas y ganancias como un gasto financiero (cuenta 664 Dividendos de acciones o participaciones consideradas pasivos financiero).

Pues bien, la diferencia de este interés devengado y el efectivamente pagado al accionista (sobre el nominal total de las acciones) producirá un ajuste al capital pasivo trasladándolo al capital patrimonio neto, hasta que cuando termine el periodo estipulado para el devengo del dividendo obligatorio. En ese momento, el capital pasivo se habrá cancelado y el capital patrimonio neto habrá recuperado todo su valor, que será el importe que corresponderá a los socios poseedores de acciones o participaciones.

Todo esto, va a generar un problema contable de difícil explicación ante la Junta General de Socios y sobre todo ante el Registro Mercantil, ya que se modifica constantemente la cifra del capital social registrado en el patrimonio neto

Puede verse un caso práctico ilustrativo de ese problema pinchando aquí.

Espero que pueda ser útil.

Un saludo cordial


Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:

-       Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

-       https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To

-       https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w

-       Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. Diploma en Auditoría de Cuentas Online - Universitat de València - ADEIT (adeituv.es)

-        https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s

-        https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg

-        Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. Online.

-        Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

-        https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8

-        https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw

-        Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)

Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

- Novedades del cierre contable 2021 y sus implicaciones fiscales para la auditoría de cuentas. Día 26 de noviembre de 2021. Homologado con 8 horas de contabilidad. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/novedades-cierre-contable/
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