Efectivamente, se modifica la Ley
10/2010 de prevención de blanqueo de capitales para adaptarla a la V Directiva
de la Unión Europea. Para ello se ha publicado en el día de hoy el Real Decreto-ley 7/2021, de 27 de abril, de transposición de directivas de la Unión Europea en las materias de competencia, prevención del blanqueo de capitales, entidades de crédito, telecomunicaciones, medidas tributarias, prevención y reparación de daños medioambientales, desplazamiento de trabajadores en la prestación de servicios transnacionales y defensa de los consumidores.
Con este Real Decreto-Ley no se
modifica solo la Ley 10/2010 de prevención de blanqueo de capitales, sino
también otras normas de forma urgente que se adaptan a diferentes directivas de
la Unión Europea ante el riesgo de multa por incumplimiento al Reino de España
respaldada por el Tribunal Constitucional. Por lo tanto, era un tema de extrema
urgencia.
De esta forma las normas modificadas
y adaptadas por el Real Decreto-Ley, son las siguientes:
1. Artículo
primero. Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la
Competencia.
2. Artículo
segundo. Modificación de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la
Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.
3. Artículo
tercero. Modificación de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del
blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo.
4. Artículo
cuarto. Modificación de la Ley 41/1999, de 12 de noviembre, sobre sistemas de
pagos y de liquidación de valores.
5. Artículo
quinto. Modificación del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el
que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital.
6. Artículo
sexto. Modificación de la Ley 10/2014, de 26 de junio, de ordenación,
supervisión y solvencia de entidades de crédito.
7. Artículo
séptimo. Modificación de la Ley 11/2015, de 18 de junio, de recuperación y
resolución de entidades de crédito y empresas de servicios de inversión.
8. Artículo
octavo. Modificación del texto refundido de la Ley del Mercado de Valores, aprobado
por el Real Decreto Legislativo 4/2015, de 23 de octubre.
9. Artículo
noveno. Modificación de la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de
Telecomunicaciones.
10. Artículo
décimo. Modificación de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre
el Valor Añadido.
11. Artículo
undécimo. Modificación de la Ley 14/1994, de 1 de junio, por la que se regulan
las empresas de trabajo temporal.
12. Artículo
duodécimo. Modificación de Ley 45/1999, de 29 de noviembre, sobre el
desplazamiento de trabajadores en el marco de una prestación de servicios
transnacional.
13. Artículo
decimotercero. Modificación del texto refundido de la Ley sobre Infracciones y
Sanciones en el Orden Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2000,
de 4 de agosto.
14. Artículo
decimocuarto. Modificación de la Ley 23/2015, de 21 de julio, Ordenadora del
Sistema de Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
15. Artículo
decimoquinto. Modificación del artículo 42.1, párrafo a), de la Ley 26/2007, de
23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental.
16. Artículo
decimosexto. Modificación del texto refundido de la Ley General para la Defensa
de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, aprobado por el
Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre.
Ya tenemos trabajo de actualización,
seguiremos informando a medida que nos estudiemos todos estos cambios.
Un saludo cordial
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Próximos eventos organizados por la Fundación
Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el
ICAC para la formación de los auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
- Aplicación
práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Homologado ICAC 4
horas contabilidad. Día 5 de mayo de 2021. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/valoracion-empresas/
Director de los siguientes títulos propios de la
Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso
2020/2021:
-
Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP.
Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado
para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la
máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
-
https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
-
Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas.
Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.
Diploma
en Auditoría de Cuentas Online - Universitat de València - ADEIT (adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s
-
https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg
-
Diploma de Especialización en Gestión financiera
y contable de la Pyme con ERP. Online.
-
Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
-
https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
-
Certificado de postgrado en técnicas de
valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación
obligatoria acceso ROAC. Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
A mi parecer la reforma de la Ley 10/2010 del 28 de abril sobre prevención de blanqueo de capitales y de financiación del terrorismo es muy relevante, puesto que perfecciona los procedimientos de prevención y agrava las sanciones económicas.
ResponderEliminarA partir de la reforma será posible que las comunicaciones se hagan bajo el anonimato de forma que se protege a aquellos que denuncian el blanqueo.
Además, ahora es más fácil cumplir con el deber de diligencia porque se identifican rápidamente por parte de los obligados los lugares considerados “tercero equivalente”. Cuando los obligados consideren que hay posibilidad de delito de blanqueo deberán desde ahora cumplir con la diligencia debida si el pais afectado no tiene medidas efectivas contra el blanqueo.
Finalmente, una de las modificaciones más llamativas es la obligación de inscribirse en el Registro Mercantil que afecta a todos aquellos sujetos obligados que constituyan sociedades, ejerzan funciones de dirección, etc. para facilitar el control y seguimiento de estos y sus actividades. Evitando de esta forma que se cometan este tipo de delitos, debiendo asumir sanciones en caso de incumplimiento.
Aura Pardo Argente
Buen blog, muy útil.
ResponderEliminarMuchas gracias Guillermo. Un saludo
Eliminar