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sábado, 19 de marzo de 2022

El TEAC cambia de criterio y admite la compensación de BIN´s si la declaración se realiza extemporáneamente.

 


Ya era hora, tras la Sentencia del Tribunal Supremo sobre Compensación de BIN´s en el Impuesto sobre sociedades, el TEAC rectifica, cambia de criterio y admite la posibilidad de aplicar el mecanismo de compensación de bases imponibles negativas cuando la autoliquidación se presenta extemporáneamente.

Se puede ver en la Resolución del TEAC  00/08725/2021/00/00 de fecha 25 de febrero de 2022, en la que resuelve “En aplicación del criterio fijado en la Sentencia del Tribunal Supremo de 30-11-2021, rec. 4464/2020, este Tribunal Central modifica el criterio que venía manteniendo y asume el criterio jurisprudencia en el sentido de considerar que  la compensación de las BIN´s de ejercicios anteriores a la hora de autoliquidar el IS es un verdadero derecho autónomo, no una opción tributaria, y como tal no admite restricción alguna si no es a través de las causas taxativamente previstas en la ley, siendo particularmente relevante, como consecuencia, que no se pueda impedir su ejercicio a través de la presentación de una declaración del IS extemporánea. CAMBIO DE CRITERIO”.

Mucho se ha tenido que luchar, pero finalmente se ha conseguido.

Saludos

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia.

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