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viernes, 26 de febrero de 2010

Con gran afluencia de asistentes se celebró el curso sobre el cirre contable y el impuesto sobre sociedades









Los días 22 de Febrero, 25 de Febrero, 2 de Marzo y 3 de Marzo de 2010, se celebró en los locales de la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana (APAFCV) en Curso práctico sobre el cierre contable y el Impuesto sobre Sociedades.
PONENTES: D. GREGORIO LABATUT SERER, Doctor en Ciencias Económicas y Empresariales y Profesor Titular de Universidad, de Contabilidad Financiera en la Facultad de Economía y Consultor Contable de la Asociación y D. ANTONIO MARTÍNEZ ALFONSO, Administrador de la Administración de la A.E.A.T. de Catarroja.LUGAR: Salón de Actos de la Asociación, sito en Avda, del Cid, 2 - 7º A (VALENCIA)FECHA: 22 de Febrero, 25 de Febrero, 2 de Marzo y 3 de Marzo de 2010
Más información en Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la C.V. Cursos.
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domingo, 21 de febrero de 2010

EL PROXIMO DÍA 24 DE FEBRERO EL PROFESOR GREGORIO LABATUT IMPARTIRA UN TALLER SOBRE EL CIERRE FISCAL Y CONTABLE

Los objetivos principales del taller practico son, el análisis de las correcciones al resultado contable para determinar La base imponible del Impuesto de Sociedades y, la selección
de la información obligatoria a incluir en los nuevos formatos de las Cuentas Anuales.
Es decir, desde el punto de vista contable del cierre del 2009, se deben tratar las diferencias principales con las normas fiscales, determinando la Base Imponible del Impuesto
sobre Sociedades.
Por otro lado, a partir del 1 de enero de 2008, todas las empresas tuvieron que adaptar su contabilidad a los contenidos del Nuevo Plan General de Contabilidad y adaptarse a
la legislación mercantil en materia contable para su armonización internacional con base en la normativa de la Unión Europea. Lógicamente esta adaptación va a seguir teniendo efectos conflictivos en el cierre contable y fiscal de 2009, pues existen diversos puntos en los que el ICAC ya se ha pronunciado en sus consultas, pero que entrañan cierta dificultad, por lo que las de mayor calado serán desmenuzadas en el taller, por ejemplo: las referentes al registro del impuesto sobre sociedades según la nueva metodología del balance, inversiones inmobiliarias, reserva para el fondo de comercio, derechos de uso, adaptaciones sectoriales: Inmobiliarias,
constructoras, fundaciones, etc.
Más información en ADEIT,

CURSO PRÁCTICO SOBRE EL CIERRE CONTABLE Y EL IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES.

Los próximos días 22 de Febrero, 25 de Febrero, 2 de Marzo y 3 de Marzo de 2010, tendrá lugar en los locales de la Asociación Profesional de Asesores Fiscales de la Comunidad Valenciana (APAFCV) en Curso práctico sobre el cierre contable y el Impuesto sobre Sociedades.
PONENTES: D. GREGORIO LABATUT SERER, Doctor en Ciencias Económicas y Empresariales y Profesor Titular de Universidad, de Contabilidad Financiera en la Facultad de Economía y Consultor Contable de la Asociación y D. ANTONIO MARTÍNEZ ALFONSO, Administrador de la Administración de la A.E.A.T. de Catarroja.
LUGAR: Salón de Actos de la Asociación, sito en Avda, del Cid, 2 - 7º A (VALENCIA)
FECHA: 22 de Febrero, 25 de Febrero, 2 de Marzo y 3 de Marzo de 2010
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sábado, 20 de febrero de 2010

LOS NUEVO TIPOS IMPOSITIVOS EN EL IVA.

Tenemos que ir preparandonos porque a partir del del 1 de Julio de 2010 incrementa la presión fiscal indirecta a través del incremento en los tipos de IVA.
Efectivamente, a partir del 1 de Julio de 2010, las operaciones gravadas con el IVA, se le aplicarán los siguientes tipos impositivos:
1.- IVA general: pasará de 16% a 18%. Es el tipo impositivo general y se aplica a la mayoría de los productos y servicios: ropa, calzado, mobiliario, electrodomesticos, bricolaje, tabaco, bebidas alcohólicas …
2.- IVA reducido: pasará del 7% a 8%. Aunque la lista es muy larga, los principales bienes y servicios a los que no aplica este tipo son los alimentos no incluidos en el IVA súper reducido, transporte de viajeros; servicios de hostelería; entradas a espectáculos; servicios funerarios; peluquerías; dentistas; edificios, viviendas y y complementos para el diagnóstico o alivio de enfermedades.
3.- IVA superreducido: inalterado en el 4%. Se gravan con este IVA bienes y servicios calificados como de primera necesidad: pan, leche, quesos, huevos, verduras, frutas, hortalizas y tubérculos naturales, que no hayan sido modificados de ninguna forma. También se aplica este tipo de IVA a libros, periódicos y revistas no publicitarios; medicamentos de uso humano; sillas de ruedas para minusválidos y prótesis y Viviendas de Protección Oficial (VPO).
Puede verse mayor detalle en preguntas frecuentes.,

jueves, 18 de febrero de 2010

Sigue la polemica sobre la valoración de El Corte Inglés

El Corte Inglés recurre la sentencia sobre el valor de sus acciones.
Puede verse en el mundo , como El Corte Inglés recurre la sentencia de la valoración de sus acciones Tres años después del inicio del litigio entre El Corte Inglés y los hermanos Areces Fuentes, sobrinos del fundador de los grandes establecimientos, la justicia sigue sin fijar el precio de las acciones.

La valoración ofrecida por la empresa oscila entre 79,91 euros (acciones serie A) y 799,12 euros (acciones serie B), mientras que la de los demandantes es de 227,64 euros y 2.276,44, según el tipo de acción, lo que supone una desviación entre ambas valoraciones extremas de casi un 300%. Puede verse el El Mundo. También puede verse en: Misión imposible: poner valor al Corte Inglés
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viernes, 12 de febrero de 2010

Revista de Estudios de Economía Aplicada.

Ha sido publicado en el volumen 27-3 de 2009, páginas 1-18, de la Revista de Estudios de Economía Aplicada, el trabajo titulado: "Hacia una ordenación de las pequeñas empresas atendiendo a su posible situación de fracaso"
Este trabajo de investigación ha sido realziado por los profesores: ERNESTO JESÚS VERES FERRER. Departamento de Economía Aplicada y GREGORIO LABATUT SERER y JOSÉ POZUELO CAMPILLO. Departamento de Contabilidad de la UNIVERSIDAD DE VALENCIA
RESUMEN:
En la literatura contable son muchos los trabajos que han intentado explicar el posible fracaso empresarial a partir de la información contable y poner de manifiesto la relación entre dicha información y la situación de fracaso. Sin embargo, los resultados obtenidos hasta ahora no son definitivos, en cuanto no existe un mínimo común en todos ellos que permita modelizar el comportamiento de dicho fracaso. Este trabajo pretende constatar, mediante la
definición de un indicador en el que intervengan una gran batería de ratios contables, que efectivamente la información contable ofrece pistas sobre el posible fracaso de la empresa. Al canalizar toda la información de los ratios contables a través de un indicador global y único, puede clasificarse las empresas atendiendo a sus mayores o menores probabilidades de fracaso. La constatación de la no aleatoriedad en la clasificación resultante para una
muestra de empresas confirmará la existencia de esa relación buscada.
Palabras clave: Fracaso empresarial, información contable, ratio contable, PYME.
Puede verse en Revista de Estudios de Economía Aplicada.,

jueves, 4 de febrero de 2010

TODAVIA ESTAS A TIEMPO DE MEJORAR TU FORMACIÓN.

Todavia esta abierto el plazo de matricula para los siguientes Diplomas de Especialización Profesional Universitario:
1).- DIPLOMA DE ESPECIALIZACION PROFESIONAL UNIVERSITARIO EN GESTION FINANCIERA YCONTABLE EN PYME. A distancia (7ª EDICION). Código 9123150
http://www.formacionpostgrado.com/ListadoCursos.php?IDAREA=35


Presentación:
Resulta obvio el peso específico que las Pymes representan en el tejido empresarial de cualquier país económicamente desarrollado, como lo demuestra el hecho de suponer prácticamente el 99% de las empresas.
No obstante, también resulta notable la elevada tasa de mortalidad que presenta este tipo de empresas, pues el 35% de ellas quiebra antes de alcanzar los cinco años de vida empresarial.Entre las causas de quiebra, cabe destacar la inadecuada gestión como consecuencia de una falta de cultura financiera.
Lamentablemente, demasiadas ideas de negocio excelentes se enfrentan a un estrangulamiento financiero cuando la empresa adquiere cierto tamaño que, inevitablemente, requiere de una gestión profesional.Por todo ello, consideramos que la Pyme necesita de una gestión profesional temprana que le ayude a salvar los escollos propios de su tamaño y garantice su continuidad y crecimiento.

2).- DIPLOMA DE ESPECIALIZACION PROFESIONALUNIVERSITARIO EN EXPERTO CONTABLE. A distancia (1ªEDICION).Codigo9123210.
http://www.formacionpostgrado.com/ListadoCursos.php?IDAREA=35


Presentación:
Según un informe elaborado por el departamento de Formación del sindicato CSIF “formarse como auxiliar de enfermería o realizar cursos de contabilidad pueden resultar especialmente útiles para encontrar trabajo, pues los sectores de la sanidad y el administrativo son los que más ofertas de trabajo ofrecen”[1]
Para atender la creciente demanda de expertos contables, este curso está dirigido a todas aquellas personas que, sin tener conocimientos previos, deseen especializarse en el área contable, así como a las que necesiten reciclarse y ampliar o adaptar sus conocimientos contables al nuevo Plan General de Contabilidad.
El curso se compone de todas y cada una de las materias que requiere conocer el profesional contable y en su desarrollo se realizará un itinerario que abarcará las áreas contable y fiscal. Para completar estos temas, se tratará también la consolidación, los costes empresariales, la auditoría y el análisis contable.
Además, teniendo en cuenta el cambio sustancial que se ha producido en el nuevo Plan General de Contabilidad, pues se ha sustituido la base jurídica por la financiera, el curso se completa con un módulo de matemáticas financieras que permitirá entender la nueva esencia financiera del nuevo Plan General de Contabilidad.
En definitiva, el objetivo del curso es formar, desde una perspectiva eminentemente práctica, a profesionales de la contabilidad y, para ello, la exposición teórica de cada tema se completará con un caso práctico real que permitirá asimilar los conocimientos adquiridos e implementarlos en la realidad empresarial.

[1] Según noticia publicada el día 26 de mayo de 2009 en el diario Levante-EMV.

HAY QUE TENER EN CUENTA QUE LA FORMACIÓN TAMBIÉN
DESGRAVA. Puede verse en: http://www.cincodias.com/articulo/economia/fiscalidad-ayuda-empresas-mucho/20090430cdscdseco_28/cdseco/

CONTABLES Y ENFERMEROS SON LOS QUE MÁS FACILMENTE ENCUENTRAN EMPLEO
http://www.levante-emv.com/secciones/noticia.jsp?pRef=2009052600_8_594040__Economia-Contables-enfermeros-utiles



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EL PROFESOR GREGORIO LABATUT SERER IMPARTIRÁ UNA CONFERENCIA SOBRE OPERACIONES VINCULADAS EN EL ILMO. COLEGIO DE TITULARES MERCANTILES


El próximo día 23 de febrero, D. José Ramón Vila Gimeno (Técnico de Hacienda) y el profesor Gregorio Labatut Serer impartirán una jornada de trabajo con el título "Operaciones vinculadas. Ajustes al cierre del ejercicio".
Puede verse más información en COMEVA plan de formación
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lunes, 18 de enero de 2010

LAS PRINCIPALES INMOBILIARIAS DEL PAIS (G-14) PIDEN AL ICAC QUE AUMENTE EL VALOR DE LAS VIVIENDAS.

En los momentos actuales en los cuales el precio de la vivienda esta bajando sensiblemente (cayeron un 5,7 % de media durante el pasado año), las principales inmoviliarias del pais conocidas como G-14 pretende sanear sus balances con la aplicación del Valor Razonable. Esta petición se ha llevado al ICAC que esta estudiando el tema.
El G-14 entiende que el valor razoanble de la vivienda debe ser un 10 % superior al precio que hay en la actualidad (hay que recordar que no es lo mismo valor y precio). Esta argumentación se basa en las previsiones de que en un par de años el precio de la viviendad se recuperaria, en consecuncia el precio actual no es representivo de su valor, que estiman un 10 % superior al actual. El ICAC tendrá la última palabra. Puede verse ampliación de la noticia en ABC Madrid.,

martes, 5 de enero de 2010

Nuevos criterios para reconocimiento de las provisiones. Reforma de la NIC 37 por parte del IASB


Se ha publicado por parte del IASB, el proyecto de exposición (exposure draft) de una sección de un reemplazo de la NIC 37 Provisiones, activos contingentes y pasivos contingentes.
La sección contiene las propuestas revisadas para la medición de los pasivos en el ámbito de aplicación de la NIC 37.
El proyecto de la exposición (exposure draft) está abierta a comentarios hasta el 12 de abril de 2010.
Para acceder al documento directamente, haga clic aquí.
Más información
Ver el Comunicado de prensa
Ver el documento de síntesis de instantáneas
Visite el Pasivos - Modificaciones a la NIC 37 páginas del proyecto,

domingo, 3 de enero de 2010

La Interpretación de la Norma Internacional de Inormación Financiera (IFRIC-12) cambia los criterios contables de las las empresas concesionarias.

La denominada IFRIC 12, que es una interpretacion de las NIIF, pone en serios aprietos a la contabilidad de las empresas concesionarias. Esta norma aprobada por la Unión Europea y por el EFRAG, es de aplicación a los grupos de empresas cotizados. A la contabilida de las empresas individuales no le afecta de nomento, hasta que el ICAC la adopte.
Estas empresas concesionarias tendrán que reconocer los gastos financieros iniciales en el momento del devengo, y no se podrá periodiicar su importe durante la duración de la concesión. También los activos construidos, no se registrarán en su activo fijo, ya que no poseen el control sobre los mismos, sino que por el contrario se registrarán como un intangible o como un derecho por créditos concedidos a largo plzao (peaje en sombra).
Por esto el Gobierno introducirá una una excepción en la adaptación de la temida directiva contable europea Ifric 12: no se aplicará con carácter retroactivo, siendo de aplciación a partir de su aprobación.
Más detalle en EXPANSIÓN.
También pude verse la norma en ICAC. IFRIC 12. ACUERDOS DE CONCESIÓN DE SERVICIOS.,

sábado, 2 de enero de 2010

NUEVOS TIPOS IMPOSITIVOS PARA LAS EMPRESAS MÁS PEQUEÑAS EN LAS LIQUIDACIONES DEL 2010

Por la Ley 26/2009, art. 77, para los los períodos impositivos iniciados a partir del 1-1-2009, se establece un tipo de gravamen reducido en el IS por mantemiento o creación de empleo.
Se aplicará para los períodos impositivos iniciados dentro los años 2009, 2010 y 2011, y se aplicará para las empresas que cumplan en cada uno de esos períodos impositivos los siguientes requisitos:

1º. Que el importe neto de la cifra de negocios en dichos períodos sea inferior a 5 millones de euros.


2º. Que la plantilla media en dichos períodos sea inferior a 25 empleados.


Estas empresas van a tributar conforme a la siguiente escala:


a) Por la parte de base imponible comprendida entre 0 y 120.202,41 euros: tipo del 20%.


b) Por el resto de base imponible: tipo del 25%.


Si el período impositivo tiene una duración inferior al año, la base imponible que tributará al 20% se obtiene aplicando a 120.202,41 euros la proporción entre el número de días del período impositivo y 365 días, o la base imponible del período impositivo, en el caso de que esta resulte inferior.


La aplicación de la escala anterior se condiciona a que la plantilla media de la entidad se mantenga durante los doce meses siguientes al inicio de cada uno de esos períodos impositivos.


En el caso de que la empresa se constityera en los años 2009, 2010 o 2011, puede aplicarse esta escala en el período impositivo de constitución de la entidad, a condición de que en los doce meses posteriores a la conclusión de ese período impositivo, la plantilla media no sea inferior a la unidad.


Por ejemplo si la empresa se ha constituido a partir del 1-1-2009, se entiende que la plantilla media de esos doce meses anteriores es cero.

Puede verse con mayor detalle en http://noticias.juridicas.com/base_datos/Fiscal/l26-2009.t6.html#a77

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¿Se puede reclamar una deuda de forma indefinida?

Interesante trabajo publicado en supercontable sobre el momento en el que prescriben las deudas.
Los plazos de prescripción oscilan entre 5 años 1 un año, según se trate de:

Plazo de prescripción de 5 años: Prescriben por el transcurso del plazo de cinco años las acciones para exigir el pago de pensiones alimenticias (reconocidas y vencidas, pero no satisfechas. Este plazo comienza a contar desde la firmeza de la sentencia o resolución que las reconoce), para exigir la satisfacción del precio de arriendos de fincas rústicas o urbanas (es decir, las acciones para exigir pagos periódicos o regulares) y las acciones para exigir cualesquiera otros pagos que deban ser realizados por años o en plazos más breves. (Así se establece en el artículo 1.966 del Código Civil).

Plazo de prescripción 4 años: La administración dispone del plazo de 4 años para reclamar el pago de las deudas tributarias y las prestaciones que indebidamente haya realizado.

Plazo de prescripción de 3 años: Para el cumplimiento de las obligaciones que se señala el Código Civil, en su artículo 1.967.

Plazo de prescripción de 1 año: Por el transcurso del plazo de 1 año prescribirán aquellas acciones tendentes a exigir la reparación del daño que se ha ocasionado por responsabilidad extracontractual, es decir, las obligaciones derivadas de la culpa o negligencia desde que lo supo el agraviado.

Mas detalle en supercontable.
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martes, 15 de diciembre de 2009

Presentación del Proyecto Descuadrando en Valencia el día 14 de diciembre de 2009

El día 14 de diciembre se presentó en la Univesidad de Valencia, Departamento de Contabilidad de la Facultad de Economía el proyecto descuadrando. La presentación fue realizada por el profesor Esteban Romero director del proyecto.
Se expusieron las ventajas de la web 2.0, y del proeycto descuadrando, que es una enciclopedia interactiva abierta de Contabilidad y Finanzas.
La presentación fue francamente excelente y la acogida del proyecto fue muy buena. Desde aquí os animo a todos a participar en la misma. Se adjunta la presentación realziada por el profesor Esteban Romero, tomada de descuadrando



div style="width:425px;text-align:left" id="__ss_2011278">Descuadrando.com - La enciclopedia abierta de contabilidad y finanzas (ASEPUC, Sevilla, 18/09/2009)
View more presentations from eromerof.
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domingo, 13 de diciembre de 2009

viernes, 11 de diciembre de 2009

Economía sostenible y fiscalidad

En la sesión del Consejo de Ministros del viernes pasado el Gobierno llevó a cabo una primera lectura del anteproyecto de Ley de Economía Sostenible. Como era de esperar, contiene un conjunto heterogéneo de medidas fiscales, muchas de ellas ya avanzadas, y que responden al mismo carácter que presenta la norma.
Puede verse en Cinco Días.
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Comparación de las cuentas del Real Madrid y del Barcelona.

Interesante trabajo que puede verse en el blog de Antonio Esteban sobre el registro contsable de los dos clubs de futbol con mayor presupeusto de España. En este trabajo se indica que:
En el capítulo de ingresos (derechos comerciales y socios /abonados) el Real Madrid se sitúa en torno a 366 millones de euros de facturación, última cifra publicada, lo que le sitúa en el primer lugar en el ranking mundial de ingresos. El Barça, por su parte, ocupa el tercer lugar, por detrás del Manchester United, con 309 millones de euros.
Los dos clubes han seguido distintas estrategias en cuanto a la generación de ingresos. No obstante, ambos tienen el mismo modelo de negocio. Un modelo de negocio que es muy similar al de otros equipos como el Manchester United, Bayern Munich, Chelsea, Arsenal, Liverpool, AC Milan o Inter, que son los que constituyen el top ten del fútbol mundial por ingresos.


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KMPG: Modificaciones e interpretaciones a las NIIF, Aplicable para el periodo 2009

Modificaciones e interpretaciones a las NIIF, Aplicable para el periodo 2009.
KPMG ha editado una guia de los cambios sufridos en las NIIF durante el 2009. Fue elaborada para apoyar en la interpretación y aplicación de los principales cambios en las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), aplicables para el período 2009.Esta guía debe ser leída en conjunto con las normas completas emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB).


Y además la guia puede encontrarse en:

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Nuevos horizontes para la contabilidad.

Artículo de opinión de Frederic Borrás, socio responsable de KPMG en Cataluña . El G-20 quiere unificar las dos normativas imperantes en el mundo: Las Normas internacionales de Información Financiera (NIIF) y el SFAS norteamericano. El nuevo enfoque de la contabilidad se basará en el modelo de pérdida esperada frente al actual de pérdida incurrida. Puede verse en: http://www.icjce.es/images/pdfs/noticias/2009/diciembre/9dic/eleconomista_9dic.pdf,

jueves, 10 de diciembre de 2009

¿TIENES DUDAS SOBRE LA APLICACIÓN DEL NUEVO PGC. Y PGC. PYEMES? LIBRO "CASOS PRÁCTIOS DEL PGC Y DEL PGC PYMES Y SUS IMPLICACIONES FISCALES"

El profesor GREGORIO LABTUT SERER es coautor del libro "CASOS PRACTICOS DEL PGC Y PGC PYMES Y SUS IMPLICACIONES FISCALES", editado por Editorial CISS.
Es un manual eminentemente práctico y útil, con numerosos asientos tipo y ejemplos de autor.
Ofrece una sucesión de casos y situaciones reales para ayudar a los lectores al ejercicio de la práctica de la nueva contabilidad, pensando tanto en el PGC general como en el de PYMES e implicaciones fiscales de las operaciones analizadas.
Más de 200 casos prácticos, estructurados en 12 capítulos, que analizan toda la problemática contable de las consultas realizadas al ICAC hasta el momento.
Doble óptica, mercantil y fiscal, que resuelve problemas (de concepto y de mecánica) a los expertos de ambos lados, contables y/o fiscales.
Una obra al día. ACTUALIZADA CON TODAS LAS NOVEDADES fiscales y del Instituto de Contbilidad y Auditoria de empresas.
Puede verse en:

http://tienda.ciss.es/epages/ciss.sf/es_ES/?ObjectPath=/Shops/ciss/Products/D7654

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ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.