Un buen amigo me ha hecho llegar la Consulta Vinculante de
la DGT V4127-15 sobre Para el supuesto de una sociedad cuyo ejercicio económico
abarque desde 1 de enero a 31 de diciembre, que cumpla los requisitos
mencionados en los artículos 25 y 105 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades,
se plantea con qué fecha habrá de contabilizar la dotación de la reserva de capitalización
y de nivelación del año 2015.
Puede verse pinchando aquí.
Por fin se ha arrojado algo de luz sobre el momento en el
que se debe dotar la reserva de capitalización, la exigencia de que los fondos
propios desde el principio de año hasta el final, sin tener en cuenta los
resultados, deban incrementar, hacía pensar que la reserva por capitalización debía
dotarse en el mismo año en la que se aplica, en nuestro caso en el ejercicio
2015.
Pero esto no es así, la CV indica claramente que no se debe
ligar esta exigencia de aumento de los fondos propios con la dotación de la
Reserva de Capitalización, son cosas distintas, y concluye que:
“Teniendo en cuenta que solo a la finalización del período
impositivo es posible conocer el incremento de fondos propios que se haya
realizado en dicho período, habiéndose por tanto generado un incremento en las reservas
de la entidad, el cumplimiento formal relativo a registrar en balance una
reserva calificada como indisponible con absoluta separación y título separado
se entenderá cumplido siempre que la dotación formal de dicha reserva de
capitalización se produzca en el plazo legalmente previsto en la normativa
mercantil para la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio
correspondiente al período impositivo en que se aplique la reducción.
En concreto, a efectos de aplicar una reducción en la base imponible del periodo impositivo 2015 (supuesto, como se ha planteado en el escrito de consulta, que el ejercicio económico de la entidad coincida con el año natural), en la medida en que a 31 de diciembre de 2015 se haya producido un incremento de los fondos propios respecto a los existentes a 1 de enero de 2015 en los términos definidos en el artículo 25 de la LIS, y se haya producido un incremento de reservas, con independencia de que no esté formalmente registrada la reserva de capitalización, podrá aplicarse la reducción prevista en dicho artículo en la base imponible del período impositivo 2015, disponiéndose del plazo previsto en la norma mercantil para la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio 2015 para reclasificar la reserva correspondiente a la reserva de capitalización, con objeto de que la misma figure en el balance con absoluta separación y título apropiado, aunque dicho cumplimiento formal se realice en el balance de las cuentas anuales del ejercicio 2016 y no en el de 2015. Esta reserva será indisponible durante el plazo de 5 años desde el 31 de diciembre de 2015”
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:
Jornada presencial: Día 8 de enero 2016. Cierre contable 2015 con la Nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades y el Proyecto de Resolución del ICAC sobre impuesto sobre beneficios. Homologada por el ICAC formación auditores ROAC 8 horas. http://congresos.adeituv.es/cierrecontable2015/ficha.es.html
Jornada online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologado por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. Desde el 11 de enero al 29 de febrero 2016.
Webinar: Nueva Ley de Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. Día 15 de enero de 2016.
Webinar: Aplicación práctica del Proyecto de Resolución sobre el Impuesto sobre Beneficios y cierre contable y fiscal 2015. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación auditores del ROAC. Día 29 de enero de 2016.
Pueden verse en: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
Jornada presencial: Los nuevos criterios del Plan General de Contabilidad de Pymes. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. Día 1 de febrero de 2016. http://congresos.adeituv.es/plangeneralpymes/ficha.es.html
En concreto, a efectos de aplicar una reducción en la base imponible del periodo impositivo 2015 (supuesto, como se ha planteado en el escrito de consulta, que el ejercicio económico de la entidad coincida con el año natural), en la medida en que a 31 de diciembre de 2015 se haya producido un incremento de los fondos propios respecto a los existentes a 1 de enero de 2015 en los términos definidos en el artículo 25 de la LIS, y se haya producido un incremento de reservas, con independencia de que no esté formalmente registrada la reserva de capitalización, podrá aplicarse la reducción prevista en dicho artículo en la base imponible del período impositivo 2015, disponiéndose del plazo previsto en la norma mercantil para la aprobación de las cuentas anuales del ejercicio 2015 para reclasificar la reserva correspondiente a la reserva de capitalización, con objeto de que la misma figure en el balance con absoluta separación y título apropiado, aunque dicho cumplimiento formal se realice en el balance de las cuentas anuales del ejercicio 2016 y no en el de 2015. Esta reserva será indisponible durante el plazo de 5 años desde el 31 de diciembre de 2015”
Por lo tanto, ya lo tenemos claro, deberá dotarse en la
distribución del resultado de 2015 con cargo a éste o a reservas voluntarias.
Un saludo afectuoso para todos.
Gregorio Labatut Serer
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:
Jornada presencial: Día 8 de enero 2016. Cierre contable 2015 con la Nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades y el Proyecto de Resolución del ICAC sobre impuesto sobre beneficios. Homologada por el ICAC formación auditores ROAC 8 horas. http://congresos.adeituv.es/cierrecontable2015/ficha.es.html
Jornada online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologado por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. Desde el 11 de enero al 29 de febrero 2016.
Webinar: Nueva Ley de Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. Día 15 de enero de 2016.
Webinar: Aplicación práctica del Proyecto de Resolución sobre el Impuesto sobre Beneficios y cierre contable y fiscal 2015. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación auditores del ROAC. Día 29 de enero de 2016.
Pueden verse en: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
Jornada presencial: Los nuevos criterios del Plan General de Contabilidad de Pymes. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. Día 1 de febrero de 2016. http://congresos.adeituv.es/plangeneralpymes/ficha.es.html
Diplomas online
homologados por el ICAC como curso formación acceso al ROAC:
Certificado en Técnicas de Valoración de Empresas y
Planes de Viabilidad. Curso 2015/2015. Matricula mes de enero de 2016. Comienza
febrero 2016. http://cort.as/SADT
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