En diversas revistas y artículos de opinión, han aparecido
diversos artículos referente al nuevo tratamiento contable de los
arrendamientos, con el objetivo de comparar los principales cambios que
introduce la NIIF 16 emitida por el IASB, que sustituye a la NIC 17, a partir
de su entrada en vigor el 31/12/2018, es decir, para el ejercicio 2019.
Fundamentalmente se trata de hacer aparecer en el pasivo
las deudas que hasta ahora no aparecían por los arrendamientos operativos a más
de un año con ciertas características que obligan, en cierta medida, a la empresa
a seguir manteniendo dicho compromiso. Evidentemente se hará aparecer el pasivo
la deuda por su coste amortizado y el activo intangible por el derecho que
otorga el arrendamiento.
Esto ha suscitado mucha preocupación en las empresas, pues
evidentemente afectará sustancialmente al ratio de endeudamiento de ciertos
negocios en los que existen estos arrendamientos operativos, por ejemplo
supermercados, alimentación, concesionario de automóviles, etc.
Pero la pregunta que todos se hacen es, ¿afectará a todas
las empresas?, ¿Quiénes tienen que asumir las directrices de la nueva NIIF 16?
Pues bien, ante esto hay que dejar bien claro que en España
todas las sociedades mercantiles (sociedades anónimas, limitadas, etc.) están
obligadas a aplicar los criterios del PGC o del PGC Pymes (según tamaño)
Las Normas Internacionales NIIF, solamente se aplicarán
para la confección de los Estados Contables consolidados de los grupos
cotizados en algún mercado de valores.
En consecuencia, los criterios de la nueva NIIF 16 afectará
de forma obligatoria a las Cuentas Anuales Consolidadas de los grupos
cotizados. No obstante previamente deberá ser adoptada previamente por el EFRAG European Financial Reporting Advisory Group
No obstante, nuestro PGC está adaptado a la Normativa
Internaciones por el ICAC. En consecuencia, es de esperar que en los próximos
años el ICAC emita alguna norma que modifique los contenidos del PGC en canto a
los arrendamientos, adaptándolos a la NIIF 16.
Por lo tanto, tendremos que esperar, primero a la adopción por parte del EFRAG y posteriormente a la resolución del ICAC al respecto, para que pueda ser aplicada a las Cuentas Anuales de las empresas españolas.
Un saludo afectuoso para todos.
Gregorio Labatut Serer
Director de los siguientes Postgrados:
Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://cort.as/SADB
Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/SACb
Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/SACr
Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/SADT
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:
Jornadas presenciales homologadas por el ICAC.
- Jornada marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento y responsabilidad sobre la formulación de Cuentas Anuales. Día 21 de octubre de 2016. Homologado por el ICAC con 6 horas de formación para los auditores de cuentas del ROAC. http://congresos.adeituv.es/marco2016/ficha.es.html
Online y webinar: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
Webinar: Prevención en blanqueo de capitales para auditores de cuentas, asesores fiscales y contables. Día 15 de septiembre de 2016. Homologado con 4 horas de formación para auditores del ROAC.
Jornada online: “Actualización sobre normativa contable y consultas del ICAC”. Desde el 15 de julio al 30 de septiembre de 2016. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación en contabilidad para auditores del ROAC.
Pueden verse en: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
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