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sábado, 9 de junio de 2018

Cierre 2017: Este año puedes dejar de ser Empresa de Reducida Dimensión.



Efectivamente, la Ley del Impuesto sobre sociedades (Ley 27/2014, de 27 de noviembre), dedica el Capitulo XI a los Incentivos fiscales para las empresas de reducida dimensión (ERD), y en el artículo 101 se indica que “1. Los incentivos fiscales establecidos en este capítulo se aplicarán siempre que el importe neto de la cifra de negocios habida en el período impositivo inmediato anterior sea inferior a 10 millones de euros”.

No obstante, también se indica en el mismo artículo: “4. Los incentivos fiscales establecidos en este capítulo también serán de aplicación en los 3 períodos impositivos inmediatos y siguientes a aquel período impositivo en que la entidad o conjunto de entidades a que se refiere el apartado anterior, alcancen la referida cifra de negocios de 10 millones de euros, determinada de acuerdo con lo establecido en este artículo, siempre que las mismas hayan cumplido las condiciones para ser consideradas como de reducida dimensión tanto en aquel período como en los 2 períodos impositivos anteriores a este último”.

¿Qué significa todo esto?, pues imaginemos lo siguiente: una empresa que, en 2011, 2012 y 2013 cumple los criterios para ser ERD; sin embargo, en el ejercicio 2014 incumple el criterio puesto que en el ejercicio anterior (2013) facturó más de 10 millones al año.

¿Qué sucede?, pues nada, que como ha cumplido el criterio durante dos años consecutivos anteriores y también en 2013; el ejercicio de incumplimiento (2014) podrá seguir aplicando los incentivos fiscales para las ERD, y también los podrá seguir aplicando en los dos siguientes, esto es, seguirá siendo ERD en 2014 (ejercicio del incumplimiento), 2015 y 2016 (dos ejercicios siguientes), con independencia de si se cumplen los criterios o no en esos ejercicios.

¿pero qué pasará en el ejercicio siguiente 2017?, pues depende de lo que haya facturado en 2016, de tal modo que:

1.       Si en 2016 ha facturado menos de 10 millones de euros, en 2017 seguirá disfrutando de los incentivos fiscales de ERD

2.       Ahora bien, si en 2016 ha facturado 10 millones de euros o más, en 2017 ya no podrá seguir disfrutando de los incentivos de ERD.

Hay que tomar nota de este detalle, para el cierre de 2017.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer

Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2018/2019:

-       Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/experto-contable

-       Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://postgrado.adeituv.es/18122230

-       Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://postgrado.adeituv.es/18123150

-       Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/direccion_y_gestion_empresarial-1/tecnicasvaloracion-viabilidad/datos_generales.htm

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

-       Jornada sobre confección del Plan de Viabilidad empresarial con hoja de cálculo 2018. Día 14 septiembre 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/plandeviabilidad/ficha.es.html
-            Jornada sobre Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día 24 de septiembre de 2018. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. https://congresos.adeituv.es/valoracionempresa/ficha.es.html
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