Como sabemos en la nota 2 de la
memoria tanto normal, como abreviada y Pymes, se debe ofrecer información sobre
las bases de presentación de las Cuentas Anuales, y en concreto en el punto 2.3.
se debe informar sobre los aspectos críticos de la valoración y estimación de
la incertidumbre y juicios relevantes en la aplicación de políticas contables.
Esta información es especialmente
importante en el cierre de 2020, ya que los efectos de la pandemia están siendo
devastadores en muchos sectores y empresas especialmente relacionadas con el
turismo, hostelería, coowoking, espectáculos, cultura, automóvil, etc.
En estas empresas, en las cuales
la crisis económica ha sido patente, es imprescindible explicar de forma clara
y realista la situación de la entidad y sus perspectivas de futuro, así como
las medidas o estrategias que va a seguir la empresa para poder superar esta
situación crítica, que ponen en duda la propia continuidad de la entidad.
Ya el ICAC trató esta cuestión en
el cierre de 2019 mediante la consulta núm. 3 publicada en el BOICAC 121 de
marzo de 2020, pero en el cierre de 2020 cobra quizá más importancia ya que la
situación un año después se puede decir que todavía es más critica que entonces
en muchas empresas.
El ICAC en la consulta anterior recordaba,
en línea con la Norma de Registro y Valoración NRV 23ª PGC y la Resolución de
18 de octubre de 2013, del Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas,
sobre el marco de información financiera cuando no resulta adecuada la
aplicación del principio de empresa en funcionamiento, que “….el cese en la actividad referido en la NIC
10, en el marco conceptual y en la NRV 23ª del PGC hay que entenderlo como un
cese definitivo y no como una interrupción temporal de la actividad. De esta
manera, salvo que los administradores de la sociedad tengan la intención de
liquidar la sociedad o los efectos del deterioro en la situación financiera de
la entidad no permitan otra alternativa más realista que liquidar la empresa,
no procedería determinar la inaplicación del principio de empresa en
funcionamiento para la formulación de las cuentas del ejercicio cerrado a 31 de
diciembre de 2019.
Si una vez ponderados los factores causantes y mitigantes de la quiebra
del citado principio, la dirección opina que procede aplicarlo, la empresa
informará sobre dichos factores en la nota de la memoria relativa a los
«Aspectos críticos de la valoración y estimación de la incertidumbre»”.
De esta frase podemos extraer
que:
1. La
no aplicación del principio de gestión continuada debe entenderse como una
situación de cese definitivo de la actividad y no como una interrupción
temporal.
2. Por
lo tanto, en principio debe existir una intención por parte de la dirección de
cesar en la actividad.
Pero no obstante lo anterior, los
efectos del deterioro en la situación financiera de la empresa pueden llegar a ser
de tal calibre, que hagan no necesaria la existencia de esa intención, sino que
la situación existente no permita otra alternativa más realista que liquidar la
empresa. Y aquí en donde empiezan los problemas, porque es posible que los
administradores no quieran liquidar la sociedad, pero que la situación se ha
deteriorado tanto, que no exista una alternativa más realista que hacerlo, con
lo que no es una cuestión de sus deseos, sino una situación de hecho.
En consecuencia, si los
administradores quieren seguir con la actividad, pero realmente la situación es
muy grave, deben tener un plan estratégico o plan de viabilidad para poder
revertir la situación actual, y este plan debe explicarse muy bien en la
memoria. Esto es lo que se conoce como “efectos mitigantes”. De esta forma, el
lector de las Cuentas Anuales toma conciencia de cuál es la situación real, y
de los planes que tiene la dirección para salvar con éxito la situación.
Esta planificación de los
administradores para seguir como empresa en funcionamiento, puede que ya haya
empezado a aplicarse y haya dado algunos frutos, lo cual puede disipar en gran
medida la incertidumbre; o puede que se trate de una estrategia futura, en cuyo
caso puede seguir existiendo incertidumbre, pero esta puede quedar atenuada con
la aplicación de dicho plan.
Los problemas que provoca la
crisis en las empresas, pueden derivarse de una falta de ventas que provocan
importantes pérdidas ya que hay ciertos costes fijos que podrán ser
recuperados; y además por otro lado acarrear problemas financieros y dificultad
para hacer frente a los pagos a corto plazo. Normalmente van unidos, y en ambos
casos, las actuaciones mitigantes que disipen las incertidumbres deben ser explicadas
con claridad, y explicar si el plan ya se ha puesto en marcha y ya existen
resultados incipientes, o si todavía no se ha aplicado y se realizará en el
próximo año.
Por ejemplo, supongamos un
restaurante ubicado en un polígono industrial, donde los ingresos provenían
principalmente de los almuerzos y comidas que servían en su local a los
trabajadores de las naves y talleres del polígono. Como consecuencia de la
crisis sanitaria se ha visto obligado a cerrar durante un periodo importante de
tiempo, y también el resto del año ha visto reducido su servicio en un 50 % o
más, ya que no puede utilizar el interior del local y solo la terraza, con lo
cual ha entrada en pérdidas sustanciales. Es claro que la empresa no puede
seguir así, está totalmente asfixiada y lógicamente tampoco puede hacer frente
a sus deudas a corto plazo. Pues bien, en esta situación, o los administradores
de la entidad idean algún plan para poder subsistir o de lo contrario estarán
abocados al cierre ante la falta de alternativa. Todo esto hace que se ponga en
duda la aplicación del principio de gestión continuada en la confección de las
Cuentas Anuales.
Pues bien, supongamos que la
estrategia de viabilidad ideada, consiste en que a primera hora de la mañana el
restaurante vía e-mail o por escrito y personalmente da a conocer a sus
clientes del polígono el menú tanto de los almuerzos como de la comida, y cuando
se va a efectuar el consumo, traslada el servicio a los talleres, despachos, o
ubicación donde se encuentra el lugar de trabajo de sus clientes. Al mismo
tiempo, para solventar la situación financiera ha solicitado y obtenido prestamos
un préstamo ICO.
Todas estas estrategias, son
efectos mitigantes que nos hacen pensar que la situación de crisis actual pueda
ser solventada a corto plazo, de tal modo que la empresa pueda seguir en
funcionamiento por lo menos un año más, lo cual pueden disipar las dudas
existentes sobre su continuación.
Pero en cualquier caso proporcionar
información en la memoria sobre la situación real de la empresa y sus
expectativas futuras es indispensable.
Espero que hay podido ser utilidad.
Un saludo cordial para todos los
amables lectores.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad
Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:
-
Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP.
Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado
para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la
máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/-HlSF
-
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
-
https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
-
Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas.
Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.
-
https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s
-
https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg
-
Diploma de Especialización en Gestión financiera
y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/-HlST.
Directora: Dra. Elisabeth Bustos Contell.
-
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
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https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
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Certificado de postgrado en técnicas de
valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación
obligatoria acceso ROAC. https://postgrado.adeituv.es/tecnicasvaloracion-viabilidad
Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de
la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los
auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
-
Novedades del
cierre contable 2020 y sus implicaciones fiscales para la auditoría de cuentas
y efectos covid-19. Segunda jornada. Días 3 y 4 de febrero. Homologado con 8 horas
de formación auditores del ROAC.
-
Confección de
un Plan de Viabilidad con Hoja de Cálculo. Dia 24 de febrero de 2021.
Homologado del ICAC con 4 horas de formación auditores del ROAC.
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