He realizado un caso práctico sobre reestructuración de las
condiciones de la deuda tras la reforma del PGC. para InfoEC Boletín de
Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 331 de
19 de abril de 2022.
Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/
En los momentos actuales de crisis
económica y financiara, muchas empresas se encuentran en dificultades
financieras para hacer frente a sus deudas, y en algunos casos las empresas
tienen que acudir a una reestructuración de las mismas, ya que no les es
posible atenderlas a su vencimiento, y se intentan llegar con el acreedor a una
modificación en las condiciones de las deudas, bien mediante un aplazamiento de
pagos, disminuciones de las mismas, o modificaciones en algunas de sus
condiciones iniciales.
Por otro lado, la Reforma contable
producida por Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifican el
Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007, de 16 de
noviembre, etc, nos ha traído muchos cambios.
Entre ellos, como sabemos, se modificó la
Norma de Registro y Valoración (NRV) 9ª del PGC, y en concreto en el punto 3.4 se
trata sobre la baja de pasivos financieros. Para el caso concreto que nos
ocupa, reestructuración de deudas, se indica: “Si se produjese un intercambio de instrumentos de deuda entre un
prestamista y un prestatario, siempre que estos tengan condiciones
sustancialmente diferentes, se registrará la baja del pasivo financiero
original y se reconocerá el nuevo pasivo financiero que surja. De la misma
forma se registrará una modificación sustancial de las condiciones actuales de
un pasivo financiero”.
Por lo que resulta fundamental determinar
en qué casos si se produce una reestructuración de la deuda se produzca que
“tenga condiciones sustancialmente diferentes”. Esto es crucial porque el
tratamiento contable de la reestructuración será distinto.
Según la norma para saber si las
condiciones son sustancialmente diferentes, hay que hacer mención a un criterio
cuantitativo y a otro cualitativo.
Hemos realizado un caso práctico que puede verse
pinchando aquí.
Espero que pueda ser útil.
Un saludo cordial.
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad
Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2022/2023:
Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el
ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado para el
acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la máxima
puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/experto-contable/datos_generales.htm
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
- https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC
como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/auditoria-cuentas/datos_generales.htm
-
https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s
-
https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg
Diploma de Especialización en Gestión financiera y contable
de la Pyme con ERP. Online. https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_de_direccion_y_gestion_empresarial-1/gestion-financiera-pyme/datos_generales.htm
-
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
-
https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
Próximos
eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la
Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los
auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
- Aplicación práctica de la valoración de empresas con hoja de cálculo. Día
3 de mayo de 2022. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para
auditores de cuentas del ROAC. https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/valoracion-empresas/
Como ya sabemos por culpa de esta pandemia hay multitud de empresas que han tenido problemas tanto fiscales como finacieros y en muchos casos no han podido hacer frente a sus pasivos financieros que básicamente es toda obligación, deuda o compromiso de pago en un plazo exigible determinado, la noticia habla sobre la Reforma Contable que se produjo el el 12/1/2021 refiriéndose al PGC que de lo que se trata es que si en los pasivos financieros entre un prestamista y un prestatario habían condiciones sustancialmente diferentes se podía dar de baja el original y dar de alta nuevamente pero con acuerdos diferentes al original para así ayudar a las empresas las cuales no podían hacer frente a sus deudas y darles más márgen de maniobra.
ResponderEliminarEl principal problema que acompaña a toda crisis económica es la falta de liquidez proveniente de clientes que resulta en un impago de las deudas a corto plazo de la empresa. Este problema se soluciona reestructurando la deuda, ya sea solicitando un aplazamiento en el pago (cambio de corto a largo plazo) o disminuyendo la cuantía a pagar en cada plazo suponiendo que en el futuro habrá liquidez para pagar el resto.
ResponderEliminarEl 12/1/2021 se realiza una reforma contable de la Norma de Registro y Valoración número 9 del Plan General Contable que trata sobre activos y pasivos financieros entre otros. En esta reforma se especifica cuando la reestructuración de un pasivo financiero “tenga condiciones sustancialmente diferentes”, que es muy importante para el posterior tratamiento contable. En efecto, si se producen cambios sustanciales en el pasivo, que conlleven una diferencia superior al 10% del valor actual de los flujos
de efectivo remanentes del contrato original, o se realicen cambios en el tipo de interés efectivo, se deberá dar de baja el pasivo y dar de alta un nuevo pasivo, y se llevará el resultado a la cuenta de pérdidas y ganancias como beneficio financiero en los próximos dos años. Esto es una forma de beneficiar a las empresas facilitando el pago de la deuda en un plazo mayor y con beneficios financieros.
Buenos días, Gregorio.
ResponderEliminarSoy Claudia Morellá y después de leer el texto del “Caso práctico sobre reestructuración de las condiciones de la deuda tras la reforma del PGC” he decidido comentarlo porque me ha parecido muy interesante y creo que es importante informarse sobre estos temas.
En mi opinión, este articulo puede ser muy importante para las empresas que tienen problemas con las deudas, ya que en estos últimos años debido a la crisis del covid y todo a lo que ha conllevado, muchas de las empresas se han visto en una situación complicada respecto a los pagos de sus deudas a corto plazo. Por lo que seria conveniente aportar algunas soluciones.
Según la noticia de la Reforma contable producida por el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, se han realizado muchos cambios, uno de ellos es la reestructuración de deudas que consiste en el intercambio de pasivos y activos financieros. Pero en el caso de que estos sean sustancialmente diferentes, tendrán distintos acuerdos.
Con esta reforma se daría solución y ayudaría a algunas de las empresas que presentan dificultades con pago de la deuda y podrían beneficiarse.
Un saludo.
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarSoy Blanca Fort Fontelles y me ha parecido muy interesante tu aportación del caso práctico, definitivamente me ha facilitado la comprensión sobre la reestructuración de las condiciones de la deuda tras la reforma del PGC.
El caso es que no paramos de escuchar cómo sube la inflación, cómo los plazos de pago de las empresas se alargan o cómo se incrementa el coste financiero de los plazos de pago. Con todo esto, la probabilidad de impago aumenta del mismo modo que la capacidad de financiación de las empresas disminuye. Como tú indicas, muchas empresas se encuentran en dificultades financieras para hacer frente a sus deudas y las razones son muchas. Según varias noticias actuales, la mayoría de las compañías sufren falta de ingresos traducido a una alta presión sobre las líneas de capital, tanto de explotación como de liquidez. Además, aseguran que esta situación no solo afecta a las organizaciones con necesidades urgentes de financiación sino también a las que se encuentran en situación de solvencia y buena capitalización.
La teoría está clara, las empresas deberían reducir los plazos de cobro y aumentar los plazos de pago, controlar su ratio de endeudamiento y la liquidez, pero la realidad es una alarmante cantidad de cierres de empresas y toda ayuda va a ser bienvenida. Y con esto paso a mencionar la reforma contable producida por Real Decreto 1/2021, de 12 de enero, por el que se modifica el Plan General de Contabilidad (entre otros), sin duda introductoria de muchos cambios, entre ellos la reestructuración de las condiciones de la deuda. Este cambio trata sobre la baja de pasivos financieros y de cómo será su tratamiento contable dependiendo de si la reestructuración tiene condiciones sustancialmente diferentes o no; y si la reestructuración se realiza en el ámbito concursal o no, como has destacado en el caso práctico. Verdaderamente la condición de “sustancialmente diferentes” deja lugar a dudas y por eso también se aportaron dos criterios, uno desde el punto de vista cuantitativo y otro desde el cualitativo.
Estos detalles hay que tenerlos muy en cuenta, ya que el tratamiento contable en cada caso difiere en gran medida.
Un saludo.
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ResponderEliminarBuenos dias Gregorio,
ResponderEliminarSoy María Córcoles y voy a comentar este “caso práctico sobre la reestructuración de las condiciones de la deuda tras la reforma de PGC” ya que me parece un tema muy interesante que nos invita a reflexionar sobre la situación en la que nos encontramos actualmente.
Debido a la actual crisis tanto económica como financiera que estamos viviendo, muchas empresas se están encontrando con grandes dificultades, entre ellas, la falta de liquidez para poder hacer frente a sus deudas a corto plazo, y por tanto, aumenta su riesgo financiero, lo que puede suponer un gran peligro para las empresas. Por lo que es muy importante tomar medidas.
En consecuencia a lo comentado anteriormente, a la gran parte de estas empresas que no pueden hacer frente a sus deudas, no les queda otro remedio que llevar a cabo una reestructuración para así poder llegar a obtener liquidez, bien sea mediante un aplazamiento de los pagos (negociando las deudas para que sean a largo plazo), vendiendo activos, cambiando alguna de sus condiciones iniciales. Etc.
Esta noticia habla sobre la reforma contable por el Real Decreto 1/2021, de 12 de enero en la que se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por el Real Decreto 1514/2007 en la que se han realizado numerosos cambios, como la reestructuración de la deuda, en el que trata la baja de los pasivos financieros teniendo en cuenta si se tienen condiciones sustancialmente diferentes o no. Si se produce un intercambio entre prestamista y prestatario con condiciones sustancialmente diferentes, se dará de baja el viejo pasivo y se negociará uno nuevo con unas nuevas condiciones que podrían ser de interés.
En conclusión, es muy importante evitar estas situaciones y por tanto tomar medidas para que esto no ocurra, así con esta nueva reforma contable las empresas podrían beneficiarse.
Un saludo
Con la actual crisis financiera provocada por la pandemia gran cantidad de empresas se encuentran en una complicada situación financiera ya que tienen dificultades para poder pagar las deudas, por tanto, se ven en la situación de tener que reestructurar las deudas por medio de un acuerdo de rebaja de intereses, aplazamiento de pago o un cambio en las condiciones de deuda.
ResponderEliminarCon la reforma contable que se produjo el 12/01/2021 de la Norma de Registro y Valoración (NRV) 9ª del PGC que trata sobre la baja de pasivos financieros. Nos muestra que si las condiciones son sustancialmente diferentes, el pasivo se debe de dar de baja y sustituirlo por uno nuevo pero con unas distintas condiciones de deuda. La reestructuración de la deuda tiene condiciones sustancialmente diferentes en el caso de que el valor actual de los flujos de efectivo del nuevo pasivo financiero sea diferente por lo menos un 10% del valor actual de los flujos de efectivo remanentes del pasivo financiero original, en ese caso, daremos de baja al pasivo antiguo y de alta al nuevo y la diferencia entre ambos se anotará como beneficio o pérdida.
Esta herramienta cuenta con muchas ventajas para las empresas ya que puede evitar impagos y mejorar el flujo de efectivo.
Con la actual crisis financiera provocada por la pandemia gran cantidad de empresas se encuentran en una complicada situación financiera ya que tienen dificultades para poder pagar las deudas, por tanto, se ven en la situación de tener que reestructurar las deudas para conseguir una rebaja de intereses, aplazamiento de pago o un cambio en las condiciones de deuda.
ResponderEliminarCon la reforma contable que se produjo el 12/01/2021 de la Norma de Registro y Valoración (NRV) 9ª del PGC que trata sobre la baja de pasivos financieros. Nos muestra que si las condiciones son sustancialmente diferentes, el pasivo se debe de dar de baja y sustituirlo por uno nuevo pero con unas distintas condiciones de deuda. La reestructuración de la deuda tiene condiciones sustancialmente diferentes en el caso de que el valor actual de los flujos de efectivo del nuevo pasivo financiero sea diferente por lo menos un 10% del valor actual de los flujos de efectivo remanentes del pasivo financiero original, en ese caso, daremos de baja al pasivo antiguo y de alta al nuevo y la diferencia entre ambos se anotará como beneficio o pérdida.
Esta herramienta cuenta con muchas ventajas para las empresas ya que puede evitar impagos y mejorar el flujo de efectivo.
Buenas tardes Gregorio,
ResponderEliminarSoy Alejandro Mántaras, me ha parecido interesante su publicación sobre la reestructuración de las condiciones de la deuda tras la reforma del PGC.
En los tiempos que corren se trata de un tema de gran interés para muchas empresas, ya que la pandemia ha provocado una crisis financiera que ha retirado a un gran número de compañías españolas y que a día de hoy sus efectos todavía perduran. Un ejemplo de ello es el reciente cierre de la compañía Cargreen, que ha tenido que detener su servicio de coches compartidos en Valencia a causa de la falta de financiación.
En cuanto a si los cambios son sustancialmente diferentes, es interesante que se permite la baja de pasivos financieros con su respectivo reconocimiento de un nuevo pasivo financiero por razones cualitativas, en los casos en que cuantitativamente la reestructuración no difiera un 10% del valor actual de los flujos de efectivo remanentes del contrato original, se podrá considerar modificación sustancial un cambio en el tipo de interés de fijo a variable o un cambio del pasivo a una divisa distinta.
Buenas tardes Gregorio, soy Vicente Martín y he escogido este caso práctico sobre reestructuración de las condiciones de la deuda tras la reforma del PGC para comentar.
ResponderEliminarEste artículo es muy interesante ya que hace referencia a la dificultad que ha aparecido en las empresas para hacer frente a las deudas debido al Covid-19 y las consecuencias tanto económicas como financieras que ha producido. Y cuenta como muchas de ellas han tenido que recurrir a la reestructuración de las deudas ya que no llegaban a asumirlas en su vencimiento programado, y entonces intentaban llegar a un acuerdo con el acreedor para poder asumir esas deudas de otra manera.
Entonces con el nuevo decreto que se estableció en 2021 sobre la reestructuración de deudas, por lo que resulta fundamental determinar en qué casos si se produce una reestructuración de la deuda se produzca que “tenga condiciones sustancialmente diferentes”. Esto es importante tenerlo en cuenta porque el tratamiento contable de la reestructuración será distinto.
En definitiva, esta alternativa puede ser muy beneficiosa, incluso salvadora para muchas de las empresas.
Buenas tardes Gregorio, soy Pablo Corbacho Nogales, y he decido comentar la publicación de ''La reestructuración de las condiciones de la deuda tras la reforma del PGC.'' ya que me ha parecido un tema muy interesante y me ha ayudado a comprenderlo un poco mejor.
ResponderEliminarDebido a la pandemia de COVID-19 se originó una crisis financiera que hizo que una gran cantidad de empresas empezasen a tener serios problemas con el pago de sus deudas, por lo que estas empresas comenzaron a reestructurar sus deudas.
La reestructuración de Real Decreto 12/1/2021 sobre la baja de pasivos financieros explica que se reconocerá un nuevo pasivo siempre y cuando las condiciones entre un prestamista y un prestatario sean diferentes durante un intercambio de instrumentos de deuda. Una de las condiciones para que dicho reconocimiento suceda ha de ser que la diferencia entre el valor actual de los flujos de efectivo del nuevo pasivo financiero y el valor actual de los flujos de efectivo remanentes del pasivo financiero original sea del 10%.
En conclusión, estamos ante una herramienta financiera que ayudará las empresas a solventar en cierto modo sus deudas.
Un saludo,
Buenas tardes,
ResponderEliminarEste es un tema especialmente importante dada la situación actual, dado que numerosas empresas han experimentado problemas de liquidez en los últimos dos años a causa de la pandemia. El hecho de no haber generado los mismos ingresos que de normal implica una mayor complicación para solventar todas las deudas, por lo que tienen que recurrir a una renegociación de las mismas, ya sea aplazándolas o reduciéndolas.
La modificación de la Norma de Registro y Valoración (NRV) 9ª del PGC, la cual propone dar de baja el pasivo financiero cuando las condiciones del prestamista y el prestatario son sustancialmente diferentes entre ellas de acuerdo con un criterio cuantitativo (el valor actual de los flujos de efectivo del nuevo contrato difiere en al menos un 10% del de los del contrato original) y otro cualitativo (modificaciones en la determinación de flujos de efectivo también modifican sustancialmente el pasivo) puede ser una solución efectiva y beneficiosa para estas empresas que presentan problemas de endeudamiento y liquidez.
Un saludo.
Lucía Silvestre Herrera