He realizado un Caso práctico
sobre el registro contable de los suplidos, para InfoEC Boletín de
Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín núm. 433 de
18 de octubre de 2024
Se puede ver en: https://ec.economistas.es/infoec/
Vamos a abordar en esta ocasión el registro
contable de los suplidos. Es una cuestión que en los despachos de economistas
se da con bastante frecuencia, por lo que consideramos muy conveniente explicar
su tratamiento contable enfocándolo a estos despachos.
En
primer lugar, tenemos que aclarar que se entiende por suplidos. Entendemos por
suplidos aquellas cantidades que el despacho de economistas realiza, pero por
cuenta de su cliente. Esto es, debería de pagarlos el cliente y van a su nombre,
pero lo paga el despacho por cuenta de ellos. Para que se pueda considerar
suplido, se deben cumplir una serie de condiciones, que son las siguientes:
1.
Que
se haga en nombre del cliente. Esto es, que la factura justificante del pago
vaya a nombre del cliente con sus datos y no a nombre del despacho. Y que
obtengamos la factura correspondiente, como medio de prueba.
2.
Que
haya un mandato del cliente, para que el despacho haga el pago en su nombre.
Si fallan estas
condiciones, no estamos hablando de suplidos. Por ejemplo, si la factura va a
nombre del despacho, no es un suplido, se tratará de un gasto a cargo del
despacho, y no es un suplido.
En el caso de los
suplidos, el despacho paga estos suplidos por cuenta del cliente y luego los
recupera facturando al cliente sus honorarios junto con estos suplidos.
También es posible que
el cliente realice algún anticipo sobre estos suplidos, así como de los propios
honorarios del despacho.
¿Cómo se trata
contablemente todo esto?
Damos respuesta a todo esto mediante la exposición de un caso
práctico que puede verse
pinchando aquí.
Espero que pueda ser útil.
Un saludo cordial.
Profesor Honorario de la Universidad de Valencia.
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