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viernes, 8 de julio de 2016

La importancia de los inventarios en el proceso de auditoría.


Parece que la supervisión de los inventarios al cierre del ejercicio es una cuestión sencilla, quizá sea así, pero lo cierto es que puede derivar en responsabilidades muy importantes para el auditor.

Según la NIA-ES 240, el control sobre los inventarios es muy importante en la detección del fraude. Esto es, suele haber relación entre el fraude y el control de los inventarios..

Como solución, en el área concreta de existencias, se indica que el auditor debe:

— visitar ubicaciones o realizar determinadas pruebas por sorpresa o sin previo aviso. Por ejemplo, observando el recuento de existencias en ubicaciones en las que no se haya anunciado previamente la visita del auditor, o realizando un recuento de efectivo por sorpresa en una fecha determinada.

— Solicitar que los recuentos de existencias se lleven a cabo al cierre del periodo o en una fecha más próxima al cierre del periodo para minimizar el riesgo de manipulación de saldos en el periodo comprendido entre la fecha de finalización del recuento y la fecha de cierre.

— estar presente en una o más ubicaciones al cierre del periodo para observar las mercancías que se están enviando o preparando para ser enviadas (o las devoluciones pendientes de procesar) y aplicar otros procedimientos de verificación del corte de ventas y existencias.

¿Por qué explico esto?, pues sencillamente porque recientemente una firma de auditoría de Zaragoza ha sido condenada por el Tribunal Supremo por negligencia en la realización de su trabajo.


¿Qué ha pasado?, pues según indica este medio, parece ser que una firma de auditoría en su trabajo de revisión de cuentas de un cliente, detecto ingresos por ventas no declaradas. Según el medio, esta floración de los ingresos supuso para la empresa un mayor pago a la Agencia Tributaria bastante significativo.

Hasta aquí todo bien, pero resulta que según la noticia, la empresa estaba inflando el saldo de las existencias finales de forma artificiosa, y también parece ser, que los auditores no se percataron de ello.

En definitiva, que la afloración de ingresos supuso un mayor pago de impuestos para la empresa, pero si las existencias se hubieran reducido a los importes reales, éste mayor pago se hubiera visto sensiblemente reducido.

¿Quién es el culpable de esto?

Pues según la sentencia, en primer lugar responsabiliza a la empresa, por amañar de forma artificiosa la contabilidad, y en segundo lugar a los auditores, porque durante la realización de su trabajo no lo detectaron, y estamos hablando de cantidades significativas que debían haber sido detectadas durante las pruebas realizada para la obtención de la evidencia suficiente y adecuada que sustentara la opinión.

Parece que el Tribunal Supremo ha condenado a la auditora a pagar una multa de  213.000 euros a la empresa como indemnización. Cifra muy lejos de lo que pedía la empresa, ya que como hemos comentado el Alto Tribunal opina que el principal culpable es la propia empresa con su actuación.

De ahí la importancia de la verificación de los inventarios. Es posible que se detecten ingresos no contabilizados que deben ser aflorados, pero también es posible que los inventarios estén manipulados.

Un saludo afectuoso para todos.

Gregorio Labatut Serer

Director de los siguientes Postgrados:

Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://cort.as/SADB

Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/SACb

Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/SACr

Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/SADT

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

Jornadas presenciales homologadas por el ICAC.

- Jornada marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento y responsabilidad sobre la formulación de Cuentas Anuales. Día 21 de octubre de 2016. Homologado por el ICAC con 6 horas de formación para los auditores de cuentas del ROAC. http://congresos.adeituv.es/marco2016/ficha.es.html


Webinar: Prevención en blanqueo de capitales para auditores de cuentas, asesores fiscales y contables. Día 15 de septiembre de 2016. Homologado con 4 horas de formación para auditores del ROAC.

Jornada online: “Actualización sobre normativa contable y consultas del ICAC”. Desde el 15 de julio al 30 de septiembre de 2016. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación en contabilidad para auditores del ROAC.


 

 
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