Las Resoluciones del ICAC sobre formación teórica para el
acceso al ROAC vigentes hasta ahora y adaptadas al Reglamento de Auditoría
anterior son las siguientes:
1.
Resolución de 12 de junio de 2012, del Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se regulan los criterios
generales de dispensa correspondientes a la realización de los cursos de
formación teórica y a la superación de la primera fase del examen a quienes
posean una titulación oficial con validez en todo el territorio nacional, en
función de lo establecido en el artículo 36.2 del Reglamento que desarrolla el
texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.
2.
Resolución de 12 de junio de 2012, del Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen, con carácter
general, las condiciones que deben cumplir los programas de formación teórica
de auditores, a que se refiere el artículo 34 del Reglamento que desarrolla el
texto refundido de la Ley de Auditoría de Cuentas.
Pues bien, con la publicación del nuevo Reglamento de
auditoría, de desarrollo de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de
Cuentas, aprobado por Real Decreto 2/2021, de 12 de enero, establece en su
artículo 27 que los programas de enseñanza teórica serán organizados e
impartidos por las Universidades, por las Corporaciones de derecho público
representativas de auditores de cuentas, por Centros de educación superior
acreditados por la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación
(ANECA) u organismo equivalente del ámbito autonómico y reconocidos por el
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y, subsidiariamente, por el
Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
En consecuencia, las Resoluciones
anteriores, han sido sustituidas por:
1.
Resolución de 26 de julio de 2021, del Instituto
de Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen las
características y condiciones que deben reunir los programas de enseñanza
teórica para su homologación. Esta Resolución entra en vigor el día de su
publicación en el Boletín Oficial del Instituto de Contabilidad y Auditoría de
Cuentas (26 de julio de 2021) y será de aplicación obligatoria a los programas
de enseñanza teórica que se inicien con posterioridad a 1 de junio de 2022.
2.
Resolución de 26 de julio de 2021, del Institutode Contabilidad y Auditoría de Cuentas, por la que se establecen lascondiciones para la dispensa de los programas de enseñanza teórica y de laprimera fase del examen de aptitud profesional. Esta Resolución será de
aplicación a partir del 1 de octubre de 2021.
Tras una lectura rápida de las mismas he extraído las
siguientes conclusiones:
1.
Las materias necesarias de formación contenidas
en el ANEXO A: Bloques, módulos y materias de enseñanza teórica, son las mismas
que las exigidas anteriormente, que se resumen en:
a.
Bloque I. Contabilidad y Auditoría: 40 créditos
ECTS.
i.
Modulo I.1. Auditoría de cuentas: 18 créditos
ECTS.
ii.
MÓDULO I.2: Marcos normativos de información
financiera aplicables en España. 18 créditos ECTS.
iii.
MÓDULO I.3: Otras materias contables: 4 créditos
ECTS.
b.
BLOQUE II: Otras materias: 20 créditos ECTS
i.
MÓDULO II.1: Materias jurídicas: 12 créditos
ECTS
ii.
MÓDULO II.2: Tecnología de la información y
sistemas informáticos: 4 créditos ECTS.
iii.
MÓDLO II.3: Otras materias: 4 créditos ECTS
2.
Dispensa total: Los programas de enseñanza
teórica que lleven a la obtención del título de Máster Universitario, en cuanto
constituye un título universitario oficial y con validez en todo el territorio
nacional, la homologación conllevará, en virtud de lo dispuesto en el artículo
9.2.c) de la Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas, la dispensa
de la primera fase del examen de acceso al Registro Oficial de Auditores de
Cuentas a las personas que obtengan dicho título, en las materias cursadas en
dicho máster, bien sean materias del propio máster o complementos de formación.
Artículo 4. Dispensa total.
La dispensa total se obtiene cuando se
realiza un programa de enseñanza teórica de auditores homologado que constituya
un Máster Universitario que incluya todas las materias de formación recogidas
en el Anexo A, o cuando, con la suma de materias cursadas y dispensadas en el
Máster Universitario y en el título de Grado correspondiente se cubran todas
las materias del Anexo A, que nosotros hemos resumido al principio.
3.
Dispensa parcial. Artículo 5. Dispensa parcial. La
dispensa parcial se obtiene cuando el candidato ha realizado un programa de
enseñanza teórica homologado que no constituya un Máster Oficial Universitario,
pero ha conseguido una dispensa parcial por su título de grado.
La dispensa parcial supone la exención de
examinarse en la primera fase del examen de aptitud profesional de las materias
a las que alcance dicha dispensa, debiendo examinarse del resto de materias no
dispensadas.
4.
Ninguna titulación universitaria de grado puede
dispensar íntegramente de la primera fase del examen. Los módulos y materias
que no pueden ser dispensados en un título de grado son los siguientes:
a) Módulo I.1. Auditoría de cuentas
b) Materia I.2.3. Normas Internacionales de
Información Financiera
c) Materia I.3.3. Técnicas de valoración de
empresas y confección de planes de viabilidad.
Luego, para estas materias debe haberse cursado previamente mediante Masters oficiales (dispensa total) o mediante un grado y complementar las materias que no tiene dispensa con una titulación propia de una Universidad previamente homologadas por el ICAC.
Como, por ejemplo, tener un grado de ADE,
Contabilidad y Finanzas, Derecho, etc, en el que se pueda tener dispensa
parcial y completar las asignaturas no dispensada con algún título propio
previamente homologado, como por ejemplo los de la Universidad de Valencia:
- Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Área de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT (adeituv.es)
-
Diploma de Especialización en Auditoría
de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al
ROAC. Online. Diploma
en Auditoría de Cuentas Online - Universitat de València - ADEIT (adeituv.es)
Pero teniendo en
cuenta, que las materias cursadas y no dispensadas por el grado, se tendrá que
realizar el examen teórico de dichas, ya que estos títulos no dispensan, sino
que son necesarios para poder presentarse al examen del ROAC. Esta es la única
solución para aquellas personas que no pueden realizar un master oficial.
Lo explica perfectamente Ignacio Aguilar en
https://www.youtube.com/watch?v=r9BS7EZ7aDY&t=1115s
5.
Los programas de enseñanza teórica podrán
impartirse en modalidad presencial, en modalidad a distancia o en modalidad
online, así como en una combinación de dichos métodos.
6.
los programas de enseñanza teórica serán
organizados e impartidos por las Universidades, por las Corporaciones de
derecho público representativas de auditores de cuentas, por Centros de
educación superior acreditados por la Agencia Nacional de Evaluación de la
Calidad y Acreditación (ANECA) u organismo equivalente del ámbito autonómico y
reconocidos por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas y,
subsidiariamente, por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas.
Espero no haberme dejado nada importante.
Además también el ICAC ha actualizado la Resolución sobre la formación práctica exigida para el acceso al ROAC mediante Resolución de 26 de julio de 2021 del Instituto deContabilidad y Auditoría de Cuentas sobre diversos aspectos relacionados con la acreditación e información del requisito de formación práctica exigido para acceder al Registro Oficial de Auditores de Cuentas. Pero a este tema ya le dedicaremos otro post.
Un saludo cordial para los amables lectores.
Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular de la Universidad de Valencia.
Director de los siguientes títulos propios de la Fundación Universidad
Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia Curso 2020/2021:
-
Diploma de Especialización en Experto Contable con ERP.
Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Homologado
para el acceso al Registro de Experto Contables-REC. También ha conseguido la
máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=xhO1WE5c-To
-
https://www.youtube.com/watch?v=j2VKx2SB70w
-
Diploma de Especialización en Auditoría de Cuentas.
Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online.
Diploma
en Auditoría de Cuentas Online - Universitat de València - ADEIT (adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=hee0CHUnTJM&t=16s
-
https://www.youtube.com/watch?v=0ZG2DBPFmWg
-
Diploma de Especialización en Gestión financiera
y contable de la Pyme con ERP. Online.
-
Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
-
https://www.youtube.com/watch?v=AW9QcBadVp8
-
https://www.youtube.com/watch?v=cCv0h8W7Igw
-
Certificado de postgrado en técnicas de
valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación
obligatoria acceso ROAC. Área
de Dirección y Gestión Empresarial | Universitat de Valencia - ADEIT
(adeituv.es)
Próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de
la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los
auditores de cuentas. Webinars: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/
- Aspectos contables de las fusiones,
escisiones de empresas y aportaciones no dinerarias
Fecha de realización: 15 de septiembre de 2021
Más información e inscripciones en: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/aspectos-contables
Prevención blanqueo de capitales para auditores de cuentas,
contables y asesores fiscales.
Fecha de realización: 29 de septiembre de 2021
Más información e inscripciones en: https://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/prevencion-blanqueo-capitales
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