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martes, 29 de diciembre de 2015

En el cierre fiscal de 2015 debe ser aplicada la nueva tabla de amortización.


En el cálculo fiscal de las amortizaciones se ha producido un cambio sustancial en este cierre, consistente que este año se aplica por primera vez los coeficientes establecidos en la tabla del artículo 12 de la LIS, sustituyendo a las antiguas tablas establecidas en la Disposición Final única del Real Decreto 1777/2004, de 30 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades.

Se ha sustituido todo lo establecido en un gran número de tablas según actividades por una única tabla con unos pocos elementos (la establecida den el artículo 12 de la LIS), que lo ha reducido a siete partes: Obra civil, centrales, edificios, instalaciones, elementos de transporte, mobiliario y enseres y Equipos electrónicos e informáticos. Sistemas y programas

Todo ello, produce algunos problemas, como son los siguientes:

-          Buscar acomodo en las nuevas tablas a los elementos existentes en las antiguas tablas, con lo cual existen algunos elementos que no se citan en las nuevas tablas, por ejemplo la agricultura, ganadería y pesca.

-          Según la Disposición Transitoria 13ª de la LIS, los elementos patrimoniales para los que, en períodos impositivos iniciados con anterioridad a 1 de enero de 2015, se estuvieran aplicando un coeficiente de amortización distinto al que les correspondiese por aplicación de la tabla de amortización prevista en el artículo 12.1 de esta Ley, se amortizarán durante los períodos impositivos que resten hasta completar su nueva vida útil, de acuerdo con la referida tabla, sobre el valor neto fiscal del bien existente al inicio del primer período impositivo que comience a partir de 1 de enero de 2015.

Ante el primer problema, hay que buscar en las nuevas tablas en mejor acomodo posible de las antiguas tablas y de los elementos existentes, a la relación establecida en el art. 12, y ante el segundo problema, “los cambios en los coeficientes de amortización aplicados por los contribuyentes, que se puedan originar a raíz de la entrada en vigor de la presente  Ley, se contabilizarán como un cambio de estimación contable. Es decir, si el contribuyente, como consecuencia del cambio de amortización fiscal modifica también la amortización contable, el cambio se aplicará de forma prospectiva, es decir, no se modifican las amortizaciones anteriores, sino sólo las correspondientes al ejercicio 2015 y siguientes”.

Veamos un ejemplo: Una sociedad dedicada a industria fabricación de productos metálicos (División 3 Agrupación 31) posee Instalaciones para fundición y forja, fraguas y cubilotes adquirida el 01/01/2010. En virtud de las tablas de amortización anteriores, estaba aplicando un porcentaje máximo del 10% (La vida útil según tablas es 20 años) previsto en la normativa vigente hasta 2014. Precio de adquisición 100.000 euros.

SOLUCIÓN:

Valor Contable del bien a 31/12/2014: 50.000. Cada año amortizaba 10.000. Vida útil transcurrida 5 años.

En primer lugar, tenemos que buscarle ubicación la nueva tabla. Con las nuevas tablas se puede ubicar con la “maquinaria”, que establece una amortización máxima del 12% y 18 años de periodo máximo.

Amortización máxima: Con las nuevas tablas, la instalación para fundición se amortiza con un coeficiente máximo del 12% lo que supone una vida de 100/12 = 8,33 años, por lo que si ya han transcurrido 5 años quedan pendientes 3,33, por lo que la amortización anual será 50.000/3,33 = 15.015,02. El porcentaje de aplicación sería 15.015,02/50.000 = 30 %. Este sería el porcentaje máximo a amortizar.

Amortización mínima: Mientras que la vida útil máxima es de 18 años, por lo que sí han pasado 5 años quedan pendientes 13 años. La cantidad mínima a amortizar sería de 50.000/13 = 3.846,15 euros, lo que supone una amortización mínima de 3.846,15/50.000 = 7,69 %.

Por lo que según la nueva tabla de amortización aplicable a partir del 1 de enero de 2015, este elemento debería amortizarse entre un máximo del 30 % y un mínimo del 7,69 %, por lo que no tendría que cambiar el porcentaje de amortización establecido en el 10 %.

Conclusión: Podría seguir amortizándose igual que antes.

Pero es importante resaltar que este cálculo hay que hacerlo para todos los elementos amortizables de la empresa.

Todo esto y mucho más se desarrollará durante:

Jornada presencial: Día 8 de enero 2016. Cierre contable 2015 con la Nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades y el Proyecto de Resolución del ICAC sobre impuesto sobre beneficios. Homologada por el ICAC formación auditores ROAC 8 horas. http://congresos.adeituv.es/cierrecontable2015/ficha.es.html

También online mediante Webinar: Aplicación práctica del Proyecto de Resolución sobre el Impuesto sobre Beneficios y cierre contable y fiscal 2015. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación auditores del ROAC. Día 29 de enero de 2016. Pueden verse en: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

Un saludo cordial para todos los amables lectores y Feliz Año nuevo.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

-          Online y webinar: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/

-          Presenciales: http://cort.as/aC21

Jornada presencial: Día 8 de enero 2016. Cierre contable 2015 con la Nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades y el Proyecto de Resolución del ICAC sobre impuesto sobre beneficios. Homologada por el ICAC formación auditores ROAC 8 horas. http://congresos.adeituv.es/cierrecontable2015/ficha.es.html

Jornada online sobre Normas Internacionales de Auditoría aplicables a España. Homologado por el ICAC con 8 horas de formación para auditores del ROAC. Desde el 11 de enero al 29 de febrero 2016.

Webinar: Nueva Ley de Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC con 4 horas de formación para auditores del ROAC. Día 15 de enero de 2016.

Webinar: Aplicación práctica del Proyecto de Resolución sobre el Impuesto sobre Beneficios y cierre contable y fiscal 2015. Homologada por el ICAC con 4 horas de formación auditores del ROAC. Día 29 de enero de 2016.


Diplomas postgrado online:

Diploma EPU en Gestión Financiera y Contable de la Pyme con ERP. 13ª Edición. Curso 2015/2015. http://cort.as/SACr

Diplomas online homologados por el ICAC como curso formación acceso al ROAC:

Diploma EPU en experto contable con ERP 7ª Edición. Curso 2015/2016. http://cort.as/Ziek

Diploma en auditoría de cuentas. 5ª Edición. Curso 2015/2016. http://cort.as/SADB

Certificado en Técnicas de Valoración de Empresas y Planes de Viabilidad. Curso 2015/2015. http://cort.as/SADT
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