Buscar este blog

lunes, 16 de noviembre de 2015

Sanción de 1,2 millones de euros a Bankinter por falta de diligencia debida en prevención de blanqueo de capitales.


http://av.adeituv.es/av/info/index.php?codigo=jornada15-bcapitales

Al parecer “La sanción ahora ratificada por la Audiencia fue dictada por el Ministerio de Economía en julio de 2011, a raíz de la inspección que el Servicio Ejecutivo de la Comisión de Blanqueo de Capitales (Sepblac) había realizado dos años antes a la entidad para revisar una serie de operaciones en efectivo de clientes extranjeros, la mayoría concentradas en una oficina de la capital grancanaria. El informe del Sepblac se centra en doce paquetes de operaciones de 19 clientes, que movieron 47 millones de euros”.

Lo cierto es que las operaciones por las que Bnakinter ha sido sancionada eran realmente muy significativos, pues “La sentencia constata que, cuando se cursó esa inspección, el 84,3% de todos los ingresos en efectivo que había recibido Bankinter en el primer trimestre de 2009 (22 millones de euros) procedían de Marruecos (el 44,6%) y Mauritania (39,7%).

Y con otra particularidad: casi el 70% de esas operaciones correspondían a la misma oficina de Las Palmas de Gran Canaria”.

Las infracciones cometidas por Bankinter no solo alcanzan a la diligencia debida, sino también por:

-          no hacer un examen más exhaustivo de las operaciones sospechosas,

-          no comunicar a la Sepblac algunas de ellas y

-          no abstenerse de participar en ese tipo de transacciones.

¿En que se basa la sentencia para llegar a esas conclusiones?, pues en el descubrimiento de varias operaciones, como: “….una sociedad unipersonal que ingresó 5,14 millones de euros en efectivo en 22 entregas repartidas en cinco meses o un ciudadano mauritano sin cuenta en la entidad que ingresó a un tercero 4,29 millones en 48 imposiciones a lo largo de un año.

También cita, entre otros, los casos de un ciudadano marroquí que aportó a su cuenta 1,58 millones en nueve ingresos repartidos en diez meses y el de otro cliente de esa misma nacionalidad que ingresó 2,27 millones en 35 imposiciones a lo largo de dos meses.

En todos esos casos, no se comprobó cuál era la actividad real a la que correspondían esos movimientos de dinero y se dio por bueno que procedían del tráfico comercial, pese a que no se aportara "ningún documento que acredite la compraventa de mercancías, ni la importación de mercancías, ni las declaraciones de pago de impuestos en los territorios correspondientes".

Sin embargo Bankinter alegó que sí que había hecho el examen especial, pero que finalmente no llegó a las mismas conclusiones que llegó el SEPBLAC.

En fin, división de opiniones, pero realmente los hechos resaltados son los típicos de manual de prevención de blanqueo.

Nada, lo que yo digo siempre, ¡los más grandes deben dar ejemplo¡

Un saludo cordial para todos.

Gregorio Labatut Serer

Profesor Titular de la Universidad de Valencia y Presidente de Honor del INBLAC.

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

Jornada presencial: Día 27 de noviembre 2015. Cierre contable 2015 con la Nueva Ley del Impuesto sobre Sociedades y el Proyecto de Resolución del ICAC sobre impuesto sobre beneficios. Homologada por el ICAC formación auditores ROAC 8 horas. http://cort.as/YOuj

Jornada online: Actualización para auditores, asesores fiscales y contables en prevención de blanqueo de capitales, revisión externa y acuerdo FATCA. Homologada por el ICAC como formación continuada para auditores de cuentas, con 8 horas. http://cort.as/Yl0i

Diplomas postgrado online:

Diploma EPU en Gestión Financiera y Contable de la Pyme con ERP. 13ª Edición. Curso 2015/2015. http://cort.as/SACr

Diplomas online homologados por el ICAC como curso formación acceso al ROAC:

Diploma EPU en experto contable con ERP 7ª Edición. Curso 2015/2016. http://cort.as/SACb

Diploma en auditoría de cuentas. 5ª Edición. Curso 2015/2016. http://cort.as/SADB

Certificado en Técnicas de Valoración de Empresas y Planes de Viabilidad. Curso 2015/2015. http://cort.as/SADT
,

2 comentarios:

  1. Tras todos estos años que llevamos de escándalos bancarios es casi cómico que aún se sigan destapando más y más operaciones de blanqueo de capital.
    Está claro que la legislación no es suficiente, aun siendo más estricta. Principalmente las multas no son un daño real para estas entidades ya que, a través del blanqueo el beneficio es bastante más astronómico que la multa.
    Las actividades de Bankinter hacen referencia a 2011 y aun estando ya en periodos de mayor control todavía se podía seguir eludiendo la legalidad. Aunque todos apuntemos a la culpabilidad de la entidad (ineludible), sin duda a estas alturas se debe extender la búsqueda de culpables a las autoridades de control y revisión. Como se comenta en la publicación, se trataba de operaciones de gran volumen además de unipersonales y extranjeras. Casi todos los requisitos para ser digno de investigación. Pero ¿dónde estaba el control durante ese tiempo?
    Así que no ha sido hasta este último año cuando se ha endurecido aún más la legislación, exigiendo a todas las entidades que justificaran los ingresos e identidades de sus clientes de una forma exhaustiva. Esto no solo afectando a la banca comercial, sino llegando hasta la banca de inversión donde se manejaban unas cantidades mucho más mayores de capital.
    Ahora solo queda esperar que sea suficiente, o en su defecto que sea más complicado de eludir la ley y blanquear dinero.

    ResponderEliminar
  2. Tras todos estos años que llevamos de escándalos bancarios es casi cómico que aún se sigan destapando más y más operaciones de blanqueo de capital.
    Está claro que la legislación no es suficiente, aun siendo más estricta. Principalmente las multas no son un daño real para estas entidades ya que, a través del blanqueo el beneficio es bastante más astronómico que la multa.
    Las actividades de Bankinter hacen referencia a 2011 y aun estando ya en periodos de mayor control todavía se podía seguir eludiendo la legalidad. Aunque todos apuntemos a la culpabilidad de la entidad (ineludible), sin duda a estas alturas se debe extender la búsqueda de culpables a las autoridades de control y revisión. Como se comenta en la publicación, se trataba de operaciones de gran volumen además de unipersonales y extranjeras. Casi todos los requisitos para ser digno de investigación. Pero ¿dónde estaba el control durante ese tiempo?
    Así que no ha sido hasta este último año cuando se ha endurecido aún más la legislación, exigiendo a todas las entidades que justificaran los ingresos e identidades de sus clientes de una forma exhaustiva. Esto no solo afectando a la banca comercial, sino llegando hasta la banca de inversión donde se manejaban unas cantidades mucho más mayores de capital.
    Ahora solo queda esperar que sea suficiente, o en su defecto que sea más complicado de eludir la ley y blanquear dinero.

    ResponderEliminar

Los comentarios que se deseen incorporar tendrán que ser moderados por el propietario del blog.

ADEIT OFRECE FINANCIACIÓN PARA LA REALIZACIÓN DE POSTGRADOS.


La disponibilidad económica no debe ser un obstáculo para acceder a la formación de postgrado. Con este objetivo, la Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València ha llegado a un acuerdo con diferentes entidades bancarias para facilitar la realización de másteres y diplomas propios de la Universitat y que son gestionados desde ADEIT.