He realizado un
caso práctico sobre “aportaciones no dinerarias por incremento de
capital de empresas del grupo.” para InformaEc Contables.
Boletín de Economistas Contables del Consejo de Economistas de España. Boletín
núm. 179 de 13 de noviembre de 2017.
Se realiza un caso práctico al respecto, que puede verse PINCHANDO
AQUÍ.
Espero que
pueda ser útil.
Un saludo
cordial
Director de los siguientes postgrados de la Universidad de Valencia. Abierta la matrícula para el curso 2017/2018:
-
Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado
por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Ha conseguido la
máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/wvrD
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Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado
por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://cort.as/wwL7
-
Certificado de postgrado en técnicas de valoración de
empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria
acceso ROAC. http://cort.as/SADT
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:
Webinars y jornadas on line: Homologadas por el ICAC. http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/
Webinar día 21 de noviembre de 2017: El nuevo informe de auditoría según la modificación de las NIA-ES. Homologada 4 horas auditoría.
Jornada online. 1 de diciembre de 2017: Normas Internacionales de Auditoría adaptadas a España (NIA-ES). Homologada 8 horas auditoría.
Webinar día 12 de diciembre de 2017: Problemática contable de las Entidades no lucrativas y su tratamiento fiscal. El caso de las fallas de Valencia y las hermandades y cofradías. Homologada 4 horas Contabilidad.
Jornadas y seminarios presenciales:
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Día 24 de noviembre de 2017. NOVEDADES DEL CIERRE
CONTABLE DE 2017 Y SUS IMPLICACIONES FICALES PARA LA AUDITORÍA DE CUENTAS,
ASESOR FISCAL Y CONTABLE. Homologado con 8 horas de formación auditores de
cuentas. https://congresos.adeituv.es/novedadesdelcierre2017/ficha.es.html
Webinar, online disponible: “La regulación de las operaciones Vinculadas. Nuevo modelo 232”. http://formacion.adeituv.es/modelo232/
EL ejercicio es bastante completo para ver como se registra en la contabilidad de la empresa que se cede el bien.
ResponderEliminarAunque no me ha quedado muy claro lo de "Si el plazo de cesión, es sustancialmente inferior a la vida económica del bien
cedido, en este caso, el cesionario tiene un derecho de uso que debe ser
registrado como inmovilizado intangible por su valor razonable"
Porque para el cesionario seria el registro de un inmovilizado intangible en vez de material??
Marilyn Montesdeoca Morillo
Buenas tardes Marilyn: Pues sencillamente porque tiene eso, el derecho de uso sobre un bien, que nunca abarcará toda la vida útil del bien. Solamente tiene el derecho al uso durante un periodo de tiempo limitado.
ResponderEliminarUn saludo.
Gregorio
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
ResponderEliminarEl caso práctico está bien explicado como se registraría la cesión de un bien cuya duración sea inferior, igual o superior a la vida económica del bien, pero para completarlo, no estaría de más realizar un caso donde existiera un deterioro.
ResponderEliminarBuenas tardes Sonia:
ResponderEliminarMuchas gracias. Si existiera un deterioro, éste debería ser contabilizado por quien tiene en su contabilidad el activo. Si lo tiene el donatario porque la cesión ha sido durante toda la vida útil del bien, lo registrará éste, en caso contrario lo registrará el donante, esto es, quien tenga el bien (quien lo controle) es quien registra la pérdida por deterioro.
Un saludo y gracias.
Gregorio
Muy interesante, no me había parado a pensar cómo se calcularía el coste de la pérdida en un caso así en base al período de cesión del bien y como se consideraría un inmovilizado material o intangible.
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