En el BOE de hoy 11 de julio se publica el Real Decreto-ley9/2015, de 10 de julio, de medidas urgentes para reducir la carga tributaria soportada por los contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y otras medidas de carácter económico.
En la «Disposición adicional trigésima primera. Escalas y
tipos de retención aplicables en 2015.
En el período impositivo 2015 las escalas para la
determinación de la cuota íntegra del impuesto serán los que se indican en la
disposición (ver la disposición)
http://www.boe.es/boe/dias/2015/07/11/pdfs/BOE-A-2015-7765.pdf
En cuanto a los trabajadores autónomos, bajo la misma
perspectiva de incrementar su renta disponible, se reduce de forma generalizada
el tipo de retención, que queda fijado, cualquiera que sea el nivel de sus
ingresos, en un 15 por ciento a partir de la entrada en vigor de este Real
Decreto-ley. Al mismo tiempo, a partir de dicha fecha, se rebaja al 7 por
ciento el tipo de retención o ingreso a cuenta aplicable durante los tres
primeros años de inicio de la actividad profesional.
La rebaja anterior obliga a reducir en el mismo importe la
cuantía del tipo fijo de retención aplicable a los rendimientos del trabajo
derivados de impartir cursos, conferencias o similares, así como de la
elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se ceda
el derecho a su explotación.
Igualmente, en relación con las rentas del ahorro y otras
rentas sujetas a retención, se minora el tipo de retención o ingreso a cuenta
aplicable a partir de la entrada en vigor de este Real Decreto-ley, que quedará
fijado en el 19,5 por ciento frente al 20 por ciento actual.
En base a todo eso he elaborado el siguiente cuadro. Si
existe algún error ruego me lo comuniquen y me disculpen, dada la
precipitación.
CONCEPTO
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Antes 12 de julio de 2015
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Desde el 12 de julio de 2015
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Retención profesionales con rendimiento inferior a
15.000 euros
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15
%
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15%
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Retención profesionales (general) (art. 101.5a)
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19
%
|
15
%
|
Retención a administradores de entidades de menor
tamaño (cifra de negocios inferior a 100.000 euros) (artículo 101.5ª)
|
20
%
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19,5
%
|
Retención administradores (general) Artículo 101.2.
|
37
%
|
37
%
|
Rentas del ahorro. Rendimientos del capital mobiliario Art. 101. Disposición adicional trigésima primera letra d
|
20
%
|
19,5
%
|
Retención contribuyentes que inicien el ejercicio de
actividades profesionales en el período impositivo de inicio de actividades y
en los dos siguientes, siempre y cuando no hubieran ejercido actividad
profesional alguna en el año anterior a la fecha de inicio de las
actividades. Art. 101.5a
|
9%
|
7%
|
Arrendamientos. Disposición adicional trigésima
primera letra d
|
20%
|
19,5%
|
rendimientos del trabajo derivados de impartir
cursos, conferencias, coloquios, seminarios y similares, o derivados de la
elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, siempre que se
ceda el derecho a su explotación, (artículo 101.3)
|
19 %
|
15 %
|
Rentas no residentes cuando las retribuciones
satisfechas por un mismo pagador de rendimientos del trabajo durante el año
natural excedan de 600.000 euros. Art. 93.2f.
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47 %
|
47 %
|
Cesión derechos de imagen a personas no residentes.
Art. 92.8
|
20 %
|
20 %
|
Un saludo cordial para todos los amables
lectores.
Gregorio Labatut Serer
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.
La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.
Webinar:
Día 14 de septiembre de 2015. Webinar deterioro del valor de los activos. http://cort.as/Svlk
Día 30 de septiembre 2015. Webinar. Aplicación del marco conceptual de empresa en liquidación y su efecto en el informe de auditoría. http://cort.as/RH7P
Cursos online:
Curso online sobre Resolución del ICAC para determinar el coste de producción. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación continuada para auditores inscritos en el ROAC. http://cort.as/Svlt
Diplomas post grado:
Diploma EPU en Gestión Financiera y Contable de la Pyme con
ERP. 13ª Edición. Curso 2015/2015. http://cort.as/SACr
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Certificado en Técnicas de Valoración de Empresas y Planes de Viabilidad. Curso 2015/2015. http://cort.as/SADT
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