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miércoles, 1 de julio de 2015

La declaración del Impuesto sobre sociedades 2014 se podrá presentar hasta el 27 de julio.


En el caso más general en el que las Cuentas Anuales se hayan cerrado a 31 de diciembre de 2014 y estipulado un plazo máximo de seis meses para que la Junta General de Socios apruebe las Cuentas Anuales (30 de Junio). Por lo tanto tenemos un plazo máximo de 25 días naturales después de los seis meses del cierre del ejercicio para presentar la declaración del Impuesto sobre sociedades en la AEAT (modelo 200)


Tal y como se ha indicado, la presentación de la declaración se hará dentro de los 25 días naturales siguientes a los seis meses del cierre del ejercicio, por lo tanto  el plazo de presentación de declaraciones finalizará el 25 de julio.

Dicho esto,  en el manual de ayuda del Impuesto sobre sociedades de 2014 (página 10) se indica lo siguiente: "Si coincide la fecha del vencimiento del plazo de presentación de la declaración con alguna festividad o si tal fecha del vencimiento cae en sábado, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente a la fecha del vencimiento". Este es nuestro caso, por lo tanto, el primer día hábil será el 27 de julio de 2015.
 
 Este modelo se aprobó por Orden HAP/1067/2015, de 5 de junio, por la que se aprueban los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y a entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2014, se dictan instrucciones relativas al procedimiento de declaración e ingreso y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica. (BOE, 08-junio-2015).


Tras el examen del modelo, hemos detectado algunos cambios con respecto al del año anterior.

Los principales cambios los hemos detectado en la página núm. 12, Liquidación (I) “Detalle de las correcciones al resultado de la Cuenta de Pérdidas y Ganancias (incluida la corrección por IS)”. En este apartado se encuentran los ajustes normales, y se han incluido además lo siguientes:

-          Ajustes por rentas derivadas de operaciones por quita y espera (artículo 19.14 LIS), casillas 545 y 272. Puede verse los motivos en nuestro post “Las empresas en concurso ya no tendrán que tributar deforma inmediata por las quitas y esperas que se realicen”.


-          Aplicación del límite del articulo 19.13 LIS a las pérdidas por deterioro del artículo 12.2 LIS y provisiones y gastos del artículo 13.1.b y 14.1.f LIS). Casillas 416 y 543. Corresponde a la limitación de la base imponible positiva de la reversión de ciertas diferencias temporarias que supusieron Activos por impuestos diferidos. Puede verse en nuestro post: “Sobre ingeniería contable y fiscal”. El caso de los Activos por créditos por pérdidas a compensar (DTA)”.


-          Pérdidas por deterioro del articulo 12.2 LIS no afectado por el artículo 19.13 LIS. Casillas 321 y 322. Corresponde a la garantía establecida mediante Real Decreto-ley 14/2013 de 29 de noviembre, de medidas urgentes para la adaptación del derecho español a la normativa de la Unión Europea en materia de supervisión y solvencia de entidades financieras. Puede verse en nuestro post “Las prebendas de la banca: Segunda Parte. La sangría de la banca en las cuentas públicas desborda todas las previsiones”.


-          Pérdida por deterioro del artículo 12.2. LIS y provisiones y gastos (art. 13.1 b y 14.1 f) LIS a los que se refiere el artículo 19.13 LIS. Casilla 415 y 211. Corresponde a conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración tributaria. Puede verse en nuestro post: “¿Ha habido trato de favor del Gobierno a las entidades financieras porlos Activos por Impuestos Diferidos (DTA? El estado de la cuestión”.


Estos son los principales cambios que he detectado y que tienen su enjundia.

Un saludo cordial para todos los amables lectores.

Gregorio Labatut Serer
 

 

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

La Fundación Universidad Empresa ADEIT de la Universidad de Valencia, va a organizar los siguientes eventos online homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.
Webinar:
Día 14 de septiembre de 2015. Webinar deterioro del valor de los activos. http://cort.as/Svlk
Día 30 de septiembre 2015. Webinar. Aplicación del marco conceptual de empresa en liquidación y su efecto en el informe de auditoría. http://cort.as/RH7P
Cursos online:
Curso online sobre Resolución del ICAC para determinar el coste de producción. Homologada por el ICAC con 8 horas de formación continuada para auditores inscritos en el ROAC. http://cort.as/Svlt
Diplomas post grado:
Diploma EPU en Gestión Financiera y Contable de la Pyme con ERP. 13ª Edición. Curso 2015/2015. http://cort.as/SACr
Cursos online homologados por el ICAC como curso formación acceso al ROAC:
Diploma EPU en experto contable con ERP 7ª Edición. Curso 2015/2016. http://cort.as/SACb
Diploma en auditoría de cuentas. 5ª Edición. Curso 2015/2016. http://cort.as/SADB
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