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jueves, 30 de julio de 2015

La Ley de Auditoría de Cuentas modifica los criterios para calificar a las entidades pequeñas y medianas, y el Nuevo PGC Pymes.


Siguiendo los criterios de la Directiva 2013/34/UE, de 26 de Junio de 2013, la nueva Ley de Auditoría de Cuentas (Ley 22/2015, de 20 de julio, de Auditoría de Cuentas) en su artículo 3.9 y 10 indica que son entidades pequeñas y medianas, las entidades que durante dos ejercicios consecutivos no superen, a la fecha de cierre de cada uno de ellos, al menos dos de las circunstancias siguientes:

CONCEPTO
PEQUEÑA
MEDIANA
Total partidas del activo
4.000.000 euros
20.000.000 euros
Importe total de la cifra de negocios
8.000.000 euros
40.000.000 euros
Número medio de trabajadores empleados
50
250

 Las entidades perderán esta consideración si dejan de reunir, durante dos ejercicios consecutivos, dos de las circunstancias a que se refiere este apartado.

En el primer ejercicio social desde su constitución, transformación o fusión, las entidades tendrán esta consideración si reúnen, al cierre de dicho ejercicio, al menos dos de las tres circunstancias expresadas en este apartado.

Obviamente las entidades grandes serán aquellas que superan los límites para que pueda ser considerada mediana.

¿Qué significado tiene esto?

En primer lugar que con la reforma que actualmente está haciendo el ICAC del PGC Pymes, se podrán acoger al mismo las entidades que cumplan con el requisito para ser consideradas Pequeñas.

Y en segundo lugar, que no han cambiado las cantidades para la obligación de que una empresa deba ser auditada, que se mantiene (Artículo 263 Ley Sociedades de Capital) en:

a) Que el total de las partidas del activo no supere los 2.850.000 €.

b) Que el importe neto de su cifra anual de negocios no supere los 5.700.000 €.

c) Que el número medio de trabajadores empleados durante el ejercicio no sea superior a 50.

Esto significa que habrá muchas empresas pequeñas que se tendrán que auditar.

Por otro lado el PGC Pymes está siendo modificado por el ICAC para adaptarlo a las exigencias de Directiva 2013/34/UE, de 26 de Junio de 2013, la Directiva contempla algunas cuestiones, que necesariamente los estados miembros no tienen por qué recoger, sino que son opciones. Las más significativas son:

-          Cuentas Anuales compuestas por el Balance, Cuenta de Pérdidas y Ganancias y Notas (Memoria con no más de 12 puntos). Muy simplificadas. Se suprime el Estado de Cambios de Patrimonio neto, y por supuesto el Estado de Flujos de Efectivo.

-          Amortización del fondo de comercio en 10 años.

-          Activación de los Gastos de Establecimiento y constitución.

-          Registro de Pasivos por su nominal, préstamos, etc.

-          Posibilidad de valoración por el criterio LIFO

-          Abandono del Valor razonable y el establecimiento del coste o precio de adquisición como único criterio, salvo determinados instrumentos financieros.

El ICAC está trabajando en ello, pero de momento no hay pronunciamiento oficial, recoger todas estas modificaciones significaría volver al viejo Plan General de Contabilidad de 1990, ¿será esto por lo que se decidirá el ICAC? Yo creo que no, pero tendremos que estar atentos al nuevo pronunciamiento.

Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.

Webinar: homologados por el ICAC como formación obligatoria auditores de cuentas inscritos en el ROAC.

-          Día 14 de septiembre de 2015. Webinar deterioro del valor de los activos. http://cort.as/Svlk

-          Día 30 de septiembre 2015. Webinar. Aplicación del marco conceptual de empresa en liquidación y su efecto en el informe de auditoría. http://cort.as/RH7P

Cursos online: Homologada por el ICAC con 8 horas de formación continuada para auditores inscritos en el ROAC

-          Curso online sobre Resolución del ICAC para determinar el coste de producción. http://cort.as/Svlt

Jornadas presenciales: Homologadas por el ICAC como formación obligatoria para auditores del ROAC. 8 horas de formación:

-          Día 11 de septiembre de 2015. Confección de un Plan de Viabilidad con Hoja de Cálculo 2015. http://cort.as/UpR1

-          Día 18 de septiembre de 2015. Aplicación práctica de la valoración de empresas 2015. http://cort.as/UpRD

-          Día 29 de septiembre de 2015. II Jornada de actualización en compliance sobre prevención del riesgo en blanqueo de capitales y FT. para auditores de cuentas, asesores fiscales y contables. Presentación del INBLAC en Valencia. http://congresos.adeituv.es/blanqueo2015/ficha.es.html

Diplomas post grado:

Diploma EPU en Gestión Financiera y Contable de la Pyme con ERP. 13ª Edición. Curso 2015/2015. http://cort.as/SACr

Cursos online homologados por el ICAC como curso formación acceso al ROAC:

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