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viernes, 2 de diciembre de 2016

El Tribunal Supremo confirma la sanción de un millón de euros al Banco Santander por infracción a la Ley de prevención del blanqueo


Hemos podido leer en poderjudicial.es, la siguiente noticia:

"La Sala III del Tribunal Supremo ha confirmado una sanción de un millón de euros impuesta el 12 de junio de 2015 por el Consejo de Ministros al Banco de Santander, como sucesor universal de Banesto, por una falta muy grave prevista en la Ley de prevención del blanqueo de capitales y financiación del terrorismo, relativa a la falta de documentación justificativa de operaciones de una cuenta bancaria de Vinícola Soto, bodega del grupo Nueva Rumasa. Los movimientos de la cuenta, entre los años 2007 y 2011, supusieron cargos por valor de 58 millones de euros, y abonos por la cuantía similar, siendo la suma de importes cargados en la cuenta por el concepto “Disposición efectivo en oficina”, de 19,8 millones.
Los recurrentes consideraban que Banesto cumplió sustancialmente con las obligaciones de conservación de documentos, por lo que no existía la infracción. Subsidiariamente, pedían que la infracción se calificase de leve, al considerar que no existían indicios de blanqueo de capitales y que el incumplimiento era meramente ocasional o aislado".
“En el presente supuesto -contesta el Supremo-, no podemos hablar de un incumplimiento ocasional porque de la muestra se detectan 601 incumplimientos (225 en ingresos de cheques, 10 en cobros de cheques, 17 en transferencias y 349 en ingresos en efectivo). En particular, en ingresos en efectivo se analiza una muestra de 350 operaciones y en 349 de ellas no se tiene la documentación preceptiva. Por lo tanto, no se puede hablar de una situación ocasional, sino que en algunos tipos de operaciones se demuestra una situación masiva, continuada y recurrente de incumplimiento”. Añade que la muestra son más de 602 operaciones, por un importe de más de 50 millones de euros, con lo que no puede decirse que sea irrelevante."

Es algo heredado que venia de Banesto, se pude leer más información en:

http://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-confirma-la-sancion-de-un-millon-de-euros-al-Banco-Santander-por-infraccion-a-la-Ley-de-prevencion-del-blanqueo?utm_campaign=flash-fiscal-de-la-semana-del-28-de-noviembre-al-2-de-diciembre-de-2016&utm_medium=email&utm_source=acumbamail

Por lo tanto, ojo al dato del control interno de las empresas absorbidas, puede ser peligroso.
Un saludo cordial.

Gregorio Labatut Serer
Profesor Titular Universidad de Valencia y Presidente de Honor del INBLAC.
Director de los siguientes Postgrados de la Universidad de Valencia:

Diploma en Auditoría de Cuentas. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Online. http://cort.as/SADB

Diploma en Experto Contable con ERP. Homologado por el ICAC como formación obligatoria para el acceso al ROAC. Ha conseguido la máxima puntuación para el Registro de Expertos contables de AECE y AECA. http://cort.as/SACb

Diploma en Gestión financiera y contable de la Pyme con ERP. http://cort.as/SACr

Certificado de postgrado en técnicas de valoración de empresas y planes de viabilidad. Homologado por el ICAC formación obligatoria acceso ROAC. http://cort.as/SADT

Webinar Análisis de los cambios normativos en los impuestos cedidos incorporados en la Ley de medidas fiscales de la Generalidad Valenciana para 2017. Fecha 15 de diciembre de 2016. http://formacion.adeituv.es/impuestos-cedidos/

Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia, homologados por el ICAC para la formación de los auditores de cuentas:

Jornadas online y webinars: http://formacion.adeituv.es/homologacion-icac/jornadas-webinars/.

-          Curso online: 12/12/2016 al 18/01/2017- Jornada Online- Tratamiento contable de las Entidades no lucrativas, de las fundaciones y su fiscalidad.

-          Curso online: 11/1/2017 al 28/02/2017. Jornada online. Normas Internacionales de Auditoría adaptadas para España. NIA-ES
Webinar: 27 de enero de 2017. Aplicación práctica de la Resolución del ICAC sobre el Impuesto sobre Beneficios y
 
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1 comentario:

  1. Según lo descrito en el artículo podemos ver cómo de merecida es la sanción ya que no había documentación que justificase la cantidad de dinero que se cargaba y se abonaba a la cuenta bancaria de Vinícola Soto (Nueva Rumasa), alcanzando los casi 60 millones de euros. También podemos ver que solo en la partida de efectivo de oficina llegaron a cargar casi 20 millones de euros, lo cual nos hace preguntarnos quién sería el encargado de controlar todo esto y si sabía o no era consciente de que esto podría acabar así.
    Por lo que se deduce del texto, esta cuenta procedía del banco Banesto que fue absorbido por Santander por lo que el fallo de control interno procede de ambos es decir, tanto del control interno de Banesto como del de Santander al ser quien absorbe a Banesto y por tanto el nuevo banco de dicha cuenta de Vinícola Soto.
    Además, para más inri, se demostró que era una situación masiva ya que solo de la cuenta de ingresos en efectivo de 350 operaciones, 349 no tenían documentación justificativa.
    En conclusión, podemos decir que es un fallo grave de control interno y de los auditores por no detectarlo y comunicarlo.

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