Como respuesta ante los grandes escándalos financieros que
se están produciendo en España, en el los que hay implicados políticos y
empresas, y desde el punto de vista empresarial, hay que destacar tres leyes
que van a afectar mucho a la ética y moralidad empresarial.
Estas leyes son:
1.
Reforma del Código Penal. Entrada en vigor 1 de
julio de 2015. Responsabilidad penal de la empresa y exención de
responsabilidad.
2.
Ley 34/2015 de 21 de Septiembre de modificación
de la Ley General Tributaria.
3.
Reforma de la Ley Sociedades de Capital.
Todas estas leyes han conllevado a algunas cuestiones muy
importantes, que van a cambiar los hábitos de las empresas:
·
La necesidad de atajar los peligros de la
corrupción.
·
Aparición de la ética y el compliance como nuevo
valor empresarial.
·
El retorno al Buen Gobierno Corporativo.
·
Ojala sea así, el fin de los paraísos fiscales.
Por un lado, la Reforma del Código Penal nos ha traído la
responsabilidad penal de la empresa y de los administradores, ante delitos
como:
- Las
estafas.
- Maquinación
para alterar el precio de las cosas y delito publicitario.
- Blanqueo
de capitales.
- Delitos
contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social.
- Delitos
urbanísticos: construcción, edificación o urbanización ilegal.
- Delitos
contra el medio ambiente.
- Falsedad
en medios de pago.
- Cohecho.
- Tráfico
de influencias, etc.
Todo ello conlleva, la existencia de peligros del no
cumplimiento normativo y el peligro de desaparición de la empresa. (Reforma
Código penal). Todo ello con el fin de luchar activamente contra la
criminalidad empresarial mediante de los programas de compliance o cumplimiento
normativo.
Para las empresas es necesario un Compliance officer como
nuevo valor para la empresa y el cumplimiento ético.
Una empresa sin componente ético está condenada a su
desaparición. Coste de reputación empresarial.
Contar con un Compliance eficiente será un eximente ante la
condena, siempre y cuando cumpla con los elementos imprescindibles enumerados
en el artículo 31 bis.
Lo que nos llevará a la idea del buen gobierno corporativo.
Para la exención de responsabilidad penal de al empres, el art.
31.bis.2 del nuevo Código Penal, exige que el órgano de administración haya adoptado
y ejecutado con eficacia, antes de la comisión del delito, modelos de
organización y gestión que incluyen las medidas de vigilancia y control idóneas
para prevenir delitos de la misma naturaleza o para reducir de forma
significativa el riesgo de su comisión; (COMPLIANCE)
Así como una supervisión, confiada a un órgano con poderes
autónomos de iniciativa y control o función de supervisar la eficacia de los
controles internos
Para ello, los modelos de organización y gestión
(compliance) deberán cumplir los siguientes requisitos:
1.º Identificarán las actividades en cuyo ámbito puedan ser
cometidos los delitos que deben ser prevenidos. (Análisis de Riesgos)
2.º Establecerán los protocolos o procedimientos que
concreten el proceso de formación de la voluntad de la persona jurídica, de
adopción de decisiones y de ejecución de las mismas con relación a aquéllos.
(Manual de procedimientos)
3.º Dispondrán de modelos de gestión de los recursos
financieros adecuados para impedir la comisión de los delitos que deben ser
prevenidos. (Recursos Financieros)
4.º Impondrán la obligación de informar de posibles riesgos
e incumplimientos al organismo encargado de vigilar el funcionamiento y
observancia del modelo de prevención. (Canal de denuncia)
5.º Establecerán un sistema disciplinario que sancione
adecuadamente el incumplimiento de las medidas que establezca el modelo.
(Régimen disciplinario)
6.º Realizarán una verificación periódica del modelo y de su
eventual modificación cuando se pongan de manifiesto infracciones relevantes de
sus disposiciones, o cuando se produzcan cambios en la organización, en la
estructura de control o en la actividad desarrollada que los hagan necesarios.
(Auditoría y Revisión permanente)
Por otro lado, también hay que citar la Ley 34/2015 de 21 de
Septiembre) de modificación de la Ley General Tributaria, en el sentido de
establecimiento de sanciones por conductas artificiosas y fraudulentas
dirigidas a obtener ahorros fiscales abusando de normas tributarias,
publicación de listados de grandes deudores y acceso a datos de condenados por
delito fiscal.
De tal modo, que la Política Fiscal pasa a ser
responsabilidad del Consejo de Administración, lo que conlleva la necesidad de
alejarse de una “planificación fiscal agresiva” que se había producido hasta
ahora.
Finalmente, la Reforma de la Ley Sociedades de Capital, nos
introduce nuevos cauces de funcionamiento, como son:
·
La reforma de la Ley de Sociedades de Capital
busca mejorar el gobierno corporativo de las empresas. Responsabilidad social
de la empresa.
·
La necesidad de que las compañías deberán rendir
cuentas en 2016 y por ello tendrán que realizar todos los cambios necesarios
antes del 31 de diciembre de 2015 para ajustarse a las nuevas obligaciones de
la norma.
·
Deberes de diligencia y lealtad del órgano de
administración. Obliga a los administradores a indemnizar el daño causado al
patrimonio social, y a devolver a la sociedad el enriquecimiento injusto
obtenido.
·
Remuneración de los administradores acorde con
la situación económica de la sociedad y el mercado.
·
El Consejo de Administración tiene la facultad
de determinar las políticas y estrategias de la Sociedad (incluyendo la
fiscal).
·
Responsabilidad del administrador si ha habido
dolo o culpa, que se presume si el acto es contrario a la Ley o a los Estatutos
Sociales.
Todo ello, también nos lleva a la necesidad de un buen
Gobierno Corporativo, puesto que la Política Fiscal pasa a ser responsabilidad
del Consejo de Administración, y la necesidad de alejarse de una “planificación
fiscal agresiva” que se había producido hasta ahora.
Ya que hasta ahora, por ejemplo podemos leer en Abc.es de
fecha 5 de marzo de 2015: “Las empresas del IBEX 35 aumentaron un 44 % supresencia en paraísos fiscales” (34 de las 35 compañias del selectivo tienen
810 filiales en jurisdicciones “offshore” según el informe de Oxfam Intermon, o
Bruselas arremete contra la ingeniera fiscal de las multinacionales, o no habrá
forma de salvar esta situación.
Todo esto está cambiando, y existe toda una normativa en
línea para producir este cambio. Tenemos un nuevo paradigma: El del Buen
Gobierno Corporativo que crea valor para la empresa.
Buena prueba de ellos es el artículo publicado en
Elpais.com: Bruselas arremete contra la ingeniería fiscal de las multinacionales. También en EFE.com: “La OCDE pone coto a la optimización fiscal delas multinacionales” con el informe BEP´s
En este sentido, p-Podemos leer que “La OCDE presentó hoy un plan de acción
para combatir la optimización fiscal de las empresas multinacionales, que
logran evitar legalmente el pago de entre el 4 % y el 10 % de los ingresos
recaudados en concepto de impuesto sobre beneficios, es decir, entre 100.000 y
240.000 millones de dólares al año.”
"Lo que cada quien tendrá que hacer es pagar impuestos
con los beneficios que genere en el lugar donde los genere. El principio no es
muy difícil de entender, pero su aplicación es endiabladamente compleja",
comentó a EFE el secretario general de la Organización para la Cooperación y el
Desarrollo Económico (OCDE), Ángel Gurría."
El documento responde a un mandato de los Estados miembros
de la OCDE y del G20 para combatir la Erosión de la Base de Imposición y la
Transferencia de Beneficios (BEPS, por sus siglas en inglés), es decir, las
grietas legales que aprovechan las grandes corporaciones para hacer
"desaparecer" sus beneficios o para transferirlos hacia países de
baja o nula fiscalidad”.
Todo esto fue tratado, tanto en Valencia, el día 29 deseptiembre de 2015 en las II Jornadas de Compliance en prevención de blanqueo de capitales y FT para asesores fiscales, contables y auditores de cuentas, en las que se presentó al Instituto de Expertos en prevención de blanqueo de capitales INBLAC.; como en Barcelona el día 15 de octubre durante el acto de
entrega del Premio a la Excelencia Académica otorgado por la AsociaciónCatalana de Contabilidad y Dirección de Empresas ACCID en la conferencia que pronunció Gregorio Labatut Serer, “Repercusiones de la crisis en la contabilidad”.
Finalmente comentar, que de momento parece que los Paraísos fiscales ganan con la crisis, pues se puede ver en capitallibre.com, que “Intermón Oxfam ha publicado un informe donde manifiesta que actualmente 32
billones de dólares se encuentran en paraísos fiscales, aproximadamente, un
tercio del PIB Mundial. Con esta cantidad ingente de dinero se estima que se
podría recaudar fiscalmente unos 189.000 millones de dólares adicionales,
aplicando un tipo impositivo medio, resultado de los aplicados en los países
considerados como no paraísos. Se puede ver en Elpais.es.
En la publicación de capital libre.com, se puede ver que “Un
tercio de la riqueza mundial se encuentra en los paraísos Fiscales. Ésta
publicación afirma que “con ese dinero se podría paliar la pobreza estructural
en todo el globo terráqueo, llegando a un acuerdo entre todos los países para
poder realizar un “New Deal”(nuevo acuerdo) a escala planetaria para solucionar
y ayudar a los más desfavorecidos”. Y en esto, las grandes empresas tienen
mucho que decir.
Ante esto, las grandes empresas tienen mucho que decir y
también está en manos de todos dejar un mundo mejor y más justo.
Un saludo afectuoso para todos.
Gregorio Labatut Serer
Director de los próximos eventos organizados por la Fundación Universidad Empresa. ADEIT de la Universidad de Valencia.
Jornada presencial: Marco de información financiera cuando no resulta adecuada la aplicación del principio de empresa en funcionamiento y responsabilidad sobre la formulación de las cuentas anuales. Día 23 de octubre de 2015. Homologada con 6 horas de formación continuada para auditores del ROAC. http://cort.as/XrO5
Webinar Tratamiento fiscal y Contable de las Comunidades de Bienes y las Sociedades Civiles. Decisiones a tomar. Día 2 de noviembre de 2015. http://cort.as/YMXA
Diplomas postgrado online:
Diploma EPU en Gestión Financiera y Contable de la Pyme con
ERP. 13ª Edición. Curso 2015/2015. http://cort.as/SACr
Diplomas online
homologados por el ICAC como curso formación acceso al ROAC:
Certificado en Técnicas de Valoración de Empresas y Planes
de Viabilidad. Curso 2015/2015. http://cort.as/SADT
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